Panamá
¿Por qué la Corte solo falló la demanda de Juan Sevillano?
De haberse acumulado las otras acciones interpuestas, el fallo aún no se conocería, señala abogada.
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- - Actualizado: 03/12/2023 - 05:25 pm
La Corte Suprema de Justicia de Panamá solo falló la acción de inconstitucionalidad contra el contrato minero presentada por el abogado Juan Ramón Sevillano, y no la del resto, debido a economía procesal.
La abogada Martita Cornejo indicó en la red social X que acumular dos acciones de inconstitucionalidad, incluida la que ella colocó, obligaba a hacer traslado de solicitud de acumulación por tres días.
En este sentido, agrega que si la Corte hubiese acumulado las dos acciones o más, todavía se estuviera a la espera del fallo. A su juicio la Corte hizo lo correcto y en el fallo pudo ver los argumentos que había expuesto.
La economía procesal hace referencia a la exigencia de que el proceso debe conseguir su objetivo de dar una solución pacífica y justa a los conflictos con el menor esfuerzo posible de tiempo, trabajo y dinero.
El artículo 723 del Código Judicial establece que cuando se acumulen dos o más procesos quedará suspendido automáticamente el curso del que esté más próximo a su terminación hasta cuando los otros se hallen en el mismo estado, salvo el caso de medidas cautelares o provisionales.
Un hombre de pocos reflectores
Este fin de semana, la Cámara Nacional de Contrataciones Públicas le rindió un homenaje a Juan Ramón Sevillano, el único abogado en la historia de Panamá que ha ganado dos demandas de inconstitucionalidad contra la actividad minera.
De acuerdo con Sevillano, tras el fallo de inconstitucionalidad de 2017 (que también se fundamentó en una demanda de Susana Serracín del Centro de Incidencia Ambiental), algunos problemas de salud de varios familiares cercanos lo obligaron a retirarse del litigio mencionado.
Sin embargo, cuando el actual gobierno de Laurentino Cortizo empezó a renegociar el contrato, Sevillano consideró que era hora de retomar la lucha.
Para el abogado, el trabajo en equipo cuando se trata de procesos constitucionales es fundamental por lo que agradece el respaldo de sus otros colegas.
"Este fallo manda un mensaje que hay democracia. Yo trabajo para mis hijos y nietos. Estoy feliz", dijo Sevillano tras conocer la decisión de la Corte.
En su fallo, la Corte Suprema de Justicia destacó que la protección del derecho a la vida, la salud y el ambiente de las futuras generaciones tiene prevalencia sobre cualquier otro derecho de naturaleza económica, incluyendo el derecho a la inversión.
El sábado 2 de diciembre se publicó en la Gaceta Oficial el fallo de la Corte, que declara la inconstitucionalidad de la Ley 406 que aprobó el contrato ley con la empresa Minera Panamá y el cual violaba 25 artículos de la Constitución.
Por su parte First Quantum Minerals advirtió que ya inició un proceso de arbitraje contra Panamá, además presentó ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral la solicitud para la suspensión de al menos 7,000 contratos de sus colaboradores.
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