Coronavirus en Panamá
La 'Ley Seca' provoca un choque jurídico en el país
- Sugey Fernández
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Los alcaldes plantean que el Decreto Ejecutivo que levantó la denominada "Ley Seca" viola la autonomía de los municipios consagrada en la Constitución Nacional y por ello presentaron el amparo ante la Corte Suprema de Justicia.

El Decreto Ejecutivo 612 empezó a regir desde el 8 de mayo. Archivo.
El desafío de algunos municipios al Gobierno Central sobre la vigencia de la "Ley Seca" y el Amparo de Garantías Constitucionales presentado ayer por los alcaldes, provoca "un choque jurídico" en el país.
Los alcaldes plantean que el Decreto Ejecutivo que levantó la denominada "Ley Seca" viola la autonomía de los municipios consagrada en la Constitución Nacional y por ello presentaron el amparo ante la Corte Suprema de Justicia.
El presidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, señala que la Constitución consagra que el interés de las mayorías, desplaza el de las minorías en un momento determinado.
A su juicio, más allá del debate que se genere, se debe ver cuál es el valor que la justicia preserva.
Por su parte, el constitucionalista Ernesto Cedeño planteó que los argumentos que sostienen algunos alcaldes en contra del Decreto Ejecutivo 612 son "totalmente desacertados", porque es errado no actuar en base a lo que señala el Ejecutivo.
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Según Ernesto Cedeño, incluso existen instituciones que están bajo este tipo de disposición, como la Fiscalía General, el Tribunal Electoral, la Asamblea Nacional y la Contraloría General.'
11.2
litros de alcohol consumen los hombres panameños al año.
4.7
litros de alcohol consumen las mujeres anualmente, según un estudio de la Organización Mundial de la Salud.
Los alcaldes sostienen que el Decreto Ejecutivo viola la Carta Magna.
Sin embargo, la Constitución consagra en su artículo 234: "las autoridades municipales tienen el deber de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes de la República, los decretos y órdenes del Ejecutivo y las resoluciones de los tribunales de la justicia ordinaria y administrativa".
Mientras que el artículo 232 de la Constitución reconoce la autonomía política de los municipios.
También la Ley 5 de 11 de enero de 2007, en su artículo 13, faculta a los alcaldes, "en todo momento", a cerrar establecimientos de venta de licor, entre otras causas, a solicitud de los ciudadanos del distrito.
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El alcalde de Santiago, Samid Sandoval, basa el amparo en la Ley 5 argumentando que le da autonomía a los municipios en materia de venta de licor.
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