Panamá
Ciberdelitos no son bien perseguidos en Panamá
Que algunas conductas delictivas que se cometen a través de medios digitales no estén tipificadas como delito, hacen difícil perseguirlas.
- Luis Ávila
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- - Actualizado: 13/2/2022 - 12:15 am
En los últimos años, los delitos informáticos o ciberdelitos han venido en aumento en Panamá y los ciberdelincuentes se han venido adaptando a las nuevas tendencias mundiales para cometer sus ilegalidades.
Secuestro informático o "ramsomware", suplantación de identidad o "phishing", engaño a menores o "grooming" y hostigamiento o "stalking", son algunos de los delitos más comunes que se cometen a través de los medios informáticos y que en nuestro país no están tipificados o regulados dentro del Código Penal.
Ante esto, Katiuska Hull Hurtado, abogada especialista en Derecho y Nuevas Tecnologías, manifestó que en Panamá urge la necesidad de realizar modificaciones al Código Penal vigente, para incluir estos nuevos tipos penales, los cuales cada día son más usuales en el país y que muchas veces no pueden ser castigados quienes los cometen, porque los mismos no están tipificados como delitos.
La experta agregó que igualmente debe dotarse al Ministerio Público (MP) de recursos económicos y capital humano para la investigación y persecución de estos nuevos delitos.
"Es importante que se conozca que es un delito informático, ya que hay muchas conductas que por la afectación que se le causa a la persona se llaman delitos informáticos y la persona va y pone una denuncia, pero cuando se va a ver, esa conducta no está tipificada como delito en el código y no puede considerarse como tal", explicó.
Hull explicó que en Panamá los únicos delitos que están tipificados en el Código Penal, son aquellos que usan los medios electrónicos como un fin.
Estos son conocidos cómo Delitos contra la Seguridad Informática, tipificados a través de los artículos 289 al 292 del Código Penal, entre los que están entrar indebidamente en una base de datos, en un sistema informático o cuando de se obstaculiza el uso de estos.
De forma clara, la abogada señaló que el hecho de que delitos cómo la estafa cibernética o la suplantación de identidad no estén tipificados en el Código Penal, hace que la sanción sea menor para quienes lo cometen, contrario a lo que pasa en otros países donde los mismos si están regulados y por eso son sancionados de forma más severa.
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"En Panamá hay un gran vacío en cuanto a las normativas penales existentes, ya desde el 2018 se han presentado diversos anteproyectos de ley para modificar el Código Penal e introducir estos nuevos tipos penales, sin embargo, muchos de los mismos ni siquiera han llegado a segundo debate, por lo que incluso mucho de estos delitos no pueden ser perseguidos", expresó.
Añadió que por ejemplo hay casos de personas que les usan su información personal sin su consentimiento en redes sociales y se tiene que usar la figura de la calumnia e injuria para perseguir ese tipo de delitos, la cual tiene pena de días multas.
"La realidad de nuestro Código Penal no permite que verdaderamente los delitos informáticos en Panamá sean perseguidos como se debe o sancionado de la mejor manera", dijo.
Otro punto que abordo la experta en Derecho y Nuevas Tecnologías, y que consideró de vital importancia, es que se debe adecuar la normativa vigente en Panamá a la realidad delictiva del mundo.
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"En otros países ya existen unidades especializadas que tiene que ver con delitos informáticos, algo que no existe en Panamá y solo se utiliza a la Dirección de Investigación Judicial, la cual muchas veces no cuenta con unidades capacitadas para perseguir este delito o investigarlo".
De acuerdo con cifras del Ministerio Público en Panamá, los delitos informáticos que más se han dado son la estafa, los cuales aumentaron en un 49%, con el "modus operandi" del uso de los medios informáticos.
Frente a este tema, el procurador general de la Nación encargado, Javier Caraballo, indicó que además de las estafas digitales también han tenido otros delitos cómo pornografía infantil, acoso sexual, etc.
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