Contraloría detecta 43 vehículos del Estado incumpliendo norma durante el Carnaval
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El personal de la Contraloría retuvo 24 unidades vehiculares. Entre las irregularidades encontradas, se reportaron vehículos que no portaban el salvoconducto correspondiente con la misión o salvoconductos con tiempo indefinido.
Un total de 514 vehículos han sido inspeccionados durante las primeras horas del operativo de Carnaval que llevan a cabo la Dirección de Fiscalización de la Contraloría General de la República con apoyo de la Policía Nacional.
De esta cifra, 43 incumplieron con lo establecido en el Decreto Ejecutivo 124 del 27 de noviembre de 1996 que regula el buen uso, manejo, control y registro de los vehículos de Estado.
El personal de la Contraloría retuvo 24 unidades vehiculares. Entre las irregularidades encontradas, se reportaron vehículos que no portaban el salvoconducto correspondiente con la misión o salvoconductos con tiempo indefinido, placa vencida o sin ella, traslado de pasajeros no autorizados, falta de licencia y póliza, licencia vencida y transportando bebidas alcohólicas.
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Entre los casos más relevantes se mencionan la retención de un vehículo de la Junta Comunal de Santa Rosa de Río Indio de Capira, en el punto de control de la Espiga de La Chorrera, donde iba el representante, Juvencio Rodríguez, quien trasladaba tres caja de licor en la parte trasera del auto pick up. El edil fue sancionado con una multa de 100 dólares y se le retuvo el vehículo.
Todos los vehículos del Estado que circulen durante estas fiestas del Carnaval deben tener su placa de circulación vigente, mientras que el conductor debe portar el salvoconducto que justifique con claridad la misión que va a realizar, en todos los casos que se utilice el vehículo fuera del horario de trabajo, además, la copia de la póliza de seguro vigente del vehículo.
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De comprobarse el incumplimiento de las disposiciones establecidas, se retendrán los vehículos y el infractor será sancionado con multa de 100 dólares y en caso de reincidencia, con la destitución del cargo, según lo establece el artículo 8 del Decreto en mención.
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