Incumplimiento
Se está protegiendo a Darién
- José de Jesús Palacio Sánchez
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- opinion@epasa.com
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...si la ley está ¿por qué no se cumple? La respuesta es que las personas cuentan con permiso de tala, argumentado en el artículo 56 de la Resolución de Junta Directiva 05-98 de 22 de enero de 1998...

La destrucción de árboles implicará multas mínimas de $25.00 por mts.3 y cuando no se pueda evaluar el número de árboles afectados, será $5,000.00 por hectáreas.Foto: Archivo.
Panamá ha sido considerado como uno de los países con mayor cobertura boscosa.
Se estima que el 62% del territorio panameño está cubierto por bosques, de acuerdo con la última Evaluación de los Recursos Forestales del Ministerio de Ambiente (MiAmbiente), de los cuales más del 43% se encuentra en "áreas protegidas".
Pero la gran pregunta es: ¿Qué estamos haciendo para evitar la tala indiscriminada en lo que es considerado el pulmón de Panamá "Darién"?
Referente a la pérdida de bosques a nivel nacional, un informe del Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) registra que esta pérdida es vertiginosa ya que en 1970 era de 70% y en 2011 está aproximadamente por el 35%, es decir, que se redujo en un 50%.
Es tan importante para la supervivencia humana la conservación del ambiente, pero en Panamá aún no hemos despertado, se piensa que con una barita mágica se puede reparar el daño que ocasiona la tala indiscriminada en Darién.
El decreto Ley No. 1 de 1994 "Por la cual se establece la legislación forestal de la República de Panamá y se dictan otras disposiciones", en su artículo 99, enumera los delitos ecológicos en contra de los recursos naturales.
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Entonces, si la ley está ¿por qué no se cumple?
La respuesta es que las personas cuentan con permiso de tala, argumentado en el artículo 56 de la Resolución de Junta Directiva 05-98 de 22 de enero de 1998, "Por la cual se reglamenta la Ley 1 de 3 de febrero de 1994, y se dictan otras disposiciones", donde se otorga permiso para el aprovechamiento forestal mediante concesiones.
Las leyes en Panamá son claras para el tema de la deforestación ilegal, argumentadas en el artículo 106 de la resolución mencionada, en donde las sanciones por la tala ilegal, destrucción de árboles con diámetro mayor e igual a 30 centímetros, implicarán multas mínimas de veinticinco dólares ($25.00) por m3, como también cuando la tala o destrucción de los recursos forestales impida evaluar el volumen de madera y/o el número de árboles afectados, se aplicará una sanción mínima de $5,000.00, por hectáreas.
Muchas de las personas involucradas en delitos forestales son sometidas al Código Penal que establece penas, entre 3 y 7 años, para quienes se dedican a la tala ilegal, pero optan en pagar la multa mencionada en el artículo 106 y salen libres.
MiAmbiente propone realizar un censo de los árboles más importantes y de mayor valor, realizando con esto un sistema de trazabilidad forestal.
El proyecto tiene contemplado la colocación de códigos de barras y chip para la identificación y rastreo si en algún momento son talados.
Otra medida de mucha importancia que ha contemplado el ministerio para mitigar el fenómeno de la tala es la Alianza por el Millón de Hectáreas que es reforestar con especies nativas.
Estudiante de maestría de la Universidad Interamericana de Panamá (UIP).
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