Panamá
Por difamar a Marta Linares de Martinelli, jueza condena al diario La Prensa
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Tendrá que pagar 25 mil dólares por una nota informativa que difamó a la exprimera dama, Marta Linares de Martinelli, en 2016.

Fue un proceso que costó 8 años a la exprimera dama para que la favoreciera en primera instancia. Archivo
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La jueza decimosexta del circuito de lo Civil del Primer Distrito Judicial, Guimara Aparicio, condenó a Corporación La Prensa y a los periodistas Olmedo Rodríguez y José González Pinilla por los daños y perjuicios causados a Marta Linares de Martinelli a raíz de una publicación falsa en su contra.
Se les obliga a pagar $25 mil en concepto de indemnización civil por los daños y perjuicios a raíz de una publicación digital del periódico en mención, del 11 de febrero de 2016, en la que se menciona que a la afectada se le habían formulado cargos en un caso que llevaba la fiscalía anticorrupción.
Además, se les condena a pagar $6 mil en concepto de costas del proceso y que se retire la publicación bajo el título en inglés "Guardia Jaén Testifies in Purchase of Christmas Bags" (Guardia Jaén testifica en compra de bolsas de navidad).
La exprimera dama escribió en sus redes sociales que fueron ocho años peleando esta demanda civil y que su único pecado para la difamación de la que fue objeto fue llevar el apellido Martinelli.
"Se la pasan desprestigiando y dañando reputaciones con la excusa de libertad de expresión. A ver si me dan aunque sea unas disculpas por el daño ocasionado a mi imagen", expresó Linares de Martinelli.
Su abogado, Luis Eduardo Camacho González, indicó que el fallo constituye un precedente importante porque se da el reconocimiento de un daño moral.
Destacó que su defendida logró demostrar las afectaciones que sufrió a causa de la publicación.
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En la noticia cuestionada, se afirmó que a la demandante se le "formularon cargos", hecho falso.
Se practicó una prueba pericial informática, acreditándose la existencia de la noticia, y su permanencia en la web.
En ningún párrafo de dicha publicación, se expresa que Guardia Jaén acusó o le formuló cargos a la demandante.
La demostración de la existencia de la falta del deber de cuidado de la demandada, de verificar lo informado, al redactar e investigar, constituye la prueba del daño moral causado.
"Es un mensaje que se le envía alto y claro (a La Prensa) de que hay un derecho, que es la libertad de expresión, pero eso no constituye libertinaje", señaló.
Camacho González dijo que este tipo de publicación, con solo verla, se entiende que tiene la finalidad de causar un daño.
Y es que, al momento de la información, Marta Linares no solamente era una persona pública, sino que además era representante legal de una de las cadenas de supermercados más importantes del país y de otras operaciones comerciales.
"Esa publicación, de una u otra manera, causa afectaciones a nivel bancario, a nivel comercial, causa preocupaciones con los socios comerciales que ella en esos momentos representaba", sostuvo el abogado.
Cabe destacar que la señora Marta le solicitó al medio de comunicación, inicialmente, que corrigiera la nota, pero no hubo respuesta, por lo que un año después interpuso una acción legal civil, en la que reclamó la afectación.
La condena se emite en primera instancia y se logró demostrar que La Prensa había hecho una publicación con hechos falsos que afectaron a Linares.
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