Panamá
#LoÚltimo Pleno de la Corte ratifica que Ricardo Martinelli goza de principio de especialidad
El fallo, notificado hoy por edicto, establece claramente que el principio de especialidad a favor de Martinelli “alude a la prohibición para encausar, enjuiciar o castigar a una persona por un delito distinto por el que fue extraditado”, en este caso el expresidente panameño.
- Redacción/ [email protected]/ @panamaamerica
- - Actualizado: 26/1/2022 - 08:24 pm
El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) certificó, a través de un fallo, que el expresidente Ricardo Martinelli está amparado por el principio de especialidad establecido en el tratado de extradición firmado en 1904 entre Panamá y Estados Unidos, por lo que no puede ser encausado o juzgado por un caso diferente al de los llamados pinchazos.
El fallo, notificado hoy por edicto, establece claramente que el principio de especialidad a favor de Martinelli “alude a la prohibición para encausar, enjuiciar o castigar a una persona por un delito distinto por el que fue extraditado”, en este caso el expresidente panameño.
Esto contenido en el artículo 8 de la ley 75 de 14 de junio de 1904, resaltó el fallo de la Corte.
“Si bien es cierto, la decisión de los magistrados de la Corte no concede la acción de amparo de garantías presentado por el abogado Carlos Carrillo en representación del expresidente, el pleno si entró a debatir el tratado de extradición, confirmando que el mismo en su artículo 8 contempla el principio de especialidad y desarrolla el alcance de la norma que establece que no se puede encausar, enjuiciar o castigar a una persona por un delito distinto por el que fue extraditado”, explicó el abogado Luis Eduardo Camacho.
El fallo de la máxima casa de justicia deja claro y reconoce que Ricardo Martinelli si está amparado al principio de especialidad.
Esto pone fin a declaraciones de los adversarios de Martinelli que buscaban desconocer el principio de especialidad de Martinelli, concedido en el proceso de extradición desde los Estados Unidos reglamentado en el tratado de 1904.
Los magistrados de la Corte señalaron en su fallo que la posible vulneración que llevó a discutir el amparo de garantías interpuesto por la defensa de Martinelli, en virtud de la solicitud de excepción a la regla de especialidad por parte de la Fiscalía Contra la Delincuencia Organizada.
Incluso se establece que esa solicitud quedó inconclusa luego que la embajada de Estados Unidos la devolviera por errores que nunca se corrigieron.
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"En virtud de que la juez rechazó de plano y nunca entró a fondo, y la apelación que surgió ante el Segundo Tribunal Superior lo que hizo fue confundir o mal aplicar la ley, la Corte Suprema de Justicia lo que ha aclarado en base a forma es una cosa, pero en relación con el Principio de Especialidad ha decidio mantenerlo porque no se dieron los procedimiento específicos", indicó el abogado Ronier Ortiz.
Ortiz aclaró que como defensa de Ricardo Martinelli presentarán las incidencia y recursos que la ley les permita.
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