Investigación
Juan Carlos Varela debe enfrentar la justicia ordinaria
- Luis Ávila
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Con las 10 denuncias de Varela que la Asamblea Nacional debe remitir al Ministerio Público, son 14 los casos que se le siguen al exmandatario.
Investigación
Con las 10 denuncias de Varela que la Asamblea Nacional debe remitir al Ministerio Público, son 14 los casos que se le siguen al exmandatario.
El expresidente Juan Carlos Varela no goza de inmunidad y debe enfrentar la justicia ordinaria por las 10 denuncias que la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional de diputados envió al Ministerio Público (MP) para su investigación.
Así lo afirmaron ayer abogados expertos en el tema, quienes señalan que ahora los periódicos y voceros afines a Varela tratan de confundir sobre las reglas con que debe ser enjuiciado el expresidente.
Manifestaron que está muy claro que el exmandatario Varela ni siquiera ha manifestado su intención de tomar posesión como diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), contrario al caso del expresidente Ricardo Martinelli que, a pesar de haber tenido inmunidad, se le violaron todos sus derechos y lo llevaron a juicio sin imputación de cargos.
Hay grupos disfrazados de sociedad civil y medios de comunicación que ahora intentan confundir todo para ayudar a Varela, pero está muy claro que el Ministerio Público es quien deberá proceder de inmediato a darle trámite a las denuncias e imputarle cargos si encuentra méritos, coincidieron abogados consultados por este medio.
Agregaron que en el caso de Martinelli, después de que renunció al Parlacen, la Corte insistió en quererlo juzgar, pero finalmente el caso tuvo que ser enviado al Ministerio Público.
Actualmente, Juan Carlos Varela no está protegido por ninguno de los fueros que otorga el Parlamento Centroamericano, por el simple hecho de que este beneficio no es automático y él no se ha juramentado.'
10
son las denuncias de Varela que la Asamblea Nacional remitirá al Ministerio Público.
3
son las denuncias que fueron enviadas al MP contra Isabel de Saint Malo.
El artículo 21 del Reglamento Interno del Parlacen es claro en los requisitos que se exigen para que exmandatarios y exvicepresidentes puedan adquirir beneficios y obligaciones.
"Las exjefas o exjefes de Estado y Gobierno, exvicepresidentas, exvicepresidentes, exdesignadas y exdesignados a la Presidencia de la República de los Estados Parte del Parlacen, deben ser juramentados, como Diputadas o Diputados Centroamericanos, ante la Asamblea Plenaria", señala el organismo.
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Y más claro aún, sostiene: "A partir de su juramentación, pueden tomar posesión del cargo en calidad de Diputada o Diputado Centroamericano, adquiriendo todos los derechos y obligaciones inherentes".
O sea, si no se juramentan, no adquieren "derechos ni obligaciones", como es el caso de Varela y de su exvicepresidenta, Isabel de Saint Malo.
Incluso, los diputados por elección popular no pueden ocupar su curul de forma automática, sin que antes no se juramenten, como establece el artículo 17.
Todo diputado centroamericano electo, previo a asumir dicho cargo, debe comprobar su calidad con el original de su credencial vigente o certificación respectiva del organismo electoral competente, la que será presentada a la Comisión de Credenciales, que la verificará y emitirá un dictamen a la Asamblea Plenaria, para su conocimiento y decisión, plantea el artículo 17 del Reglamento Interno del Parlacen.
Para el abogado Silvio Guerra, sin duda alguna, la competencia en este caso para juzgar al expresidente Varela la tiene la justicia ordinaria, entendiéndose por esto al Sistema Penal Acusatorio (SPA) vigente.
"Recordemos lo que pasó con el expresidente Ricardo Martinelli, en donde primeramente tuvo conocimiento la justicia a nivel del Pleno de la Corte Suprema, que posteriormente lo pasó al ámbito de la competencia que quedó radicada en el SPA, con lo que le quiere decir es que usted no tiene los aforamientos del Parlacen que se obtienen desde el momento que usted es juramentado miembro de este organismo", explicó.
Guerra indicó que ninguna persona que no haya hecho el paso anterior, no puede invocar ni fueros ni privilegios que brinda el Reglamento Interno del Parlacen para aquellas personas que fueron mandatarios o presidentes de la República que integran este organismo de carácter regional.
"Los casos del expresidente Juan Carlos Varela deben pasar a la justicia ordinaria panameña, por lo que el Ministerio Público de Panamá es el ente competente para realizar las investigaciones contra el exmandatario", manifestó.
En tanto, Dionisio Rodríguez, expresidente del Colegio de Abogados, señaló que jurídicamente y procesalmente, es el Ministerio Público, a través de las fiscalías anticorrupción o las que tengan competencia, de acuerdo a las denuncias, las que deben investigar a Varela.
Rodríguez agregó que efectivamente el exmandatario no se ha presentado al Parlacen a juramentarse y no tiene la condición de diputado de este organismo, por lo que es a la justicia ordinaria la que debe ver sus casos.
"Sin embargo, te soy muy honesto, frente a la actividad que ha tenido el Ministerio Público en estos meses, yo no le tengo mucha esperanza a esos casos, creo que es hora que está institución se ponga en las pilas y empiece a darle tramite a estos procesos legales", expresó.
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