Harry Díaz suspende proceso contra diputado Mario Lázarus tras acuerdo económico
Dicho convenio fue tomado en cuenta por Harry Díaz al ver que ambas partes estaban de acuerdo. La familia de la víctima dijo que no fue presionada para aceptar el convenio.
- José Chacón
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- - Actualizado: 12/9/2018 - 02:43 pm
La Corte suprema de Justicia suspendió el proceso que se le sigue al diputado Mario Lázarus por el homicidio culposo y agravado de una menor de 14 años.
El magistrado fiscal Harry Díaz aceptó el acuerdo económico logrado entre la defensa del diputado Mario Lázarus y los familiares de la menor Ruth Parreño González (q.e.p.d) que falleció en diciembre del año pasado.
Dicho convenio fue tomado en cuenta por Harry Díaz al ver que ambas partes estaban de acuerdo.
Sin embargo, la pausa del proceso es de tres años y esta condiciona al parlamentario a cumplir una serie de requisitos que propuso la propia defensa del imputado.
Entre ellas, no conducir un vehículo a motor el periodo de tiempo que fue establecido por el juez Harry Díaz.
Además, el magistrado de garantías prohibió al diputado tener contacto con los padres de la víctima, así como con los testigos del proceso y no cambiar de residencia por tres años.
Cabe señalar, que los seres queridos de la víctima, manifestaron que no fueron objeto de presiones o coacciones por parte de Mario Lázarus o de su defensa.
Por último, se informó que se le suspendió la medida cautelar de impedimento de salidad del país y el reporte periódico ante las autoridades judiciales.
Magistrado de Garantías Harry Díaz accede a la suspensión del proceso por tres años, debido a que todas las partes están de acuerdo con las condiciones. Además, se le levantan las medidas cautelares de reporte periódico al diputado de la Asamblea Nacional. #OJInforma pic.twitter.com/nF0C5mDkdf— OJudicialPanamá (@OJudicialPanama) 12 de septiembre de 2018
Además, el magistrado de Garantías prohíbe al diputado de la Asamblea Nacional, tener contacto con los padres de la víctima, así como con los testigos del proceso. También se le prohíbe manejar cualquier vehículo a motor por tres años y no cambiar de residencia por tres años. pic.twitter.com/MWr1Pw56vZ
— OJudicialPanamá (@OJudicialPanama) 12 de septiembre de 2018
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