Panamá
Conato advierte que caso legal contra dirigentes sindicalistas ya prescribió
Su equipo legal solo espera notificación del Juzgado Primero Liquidador para apelar ante el Segundo Tribunal de Justicia.
- Francisco Paz
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- - Actualizado: 02/12/2022 - 02:25 pm
La batalla legal de la dirigencia de los trabajadores organizados contra un reciente fallo en contra de reconocidos líderes sindicales, será hasta el final, aseguró el abogado del Conato, Víctor Collado.
Todavía, los procesados no han sido notificados del fallo del Juzgado Primero Liquidador que solo se ha conocido a través de medios de comunicación, pero cuando esto ocurra la acción de los abogados defensores será presentar las respectivas apelaciones.
Collado explicó que estos recursos deberán ser atendidos por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, que podría tardar varios meses en fallar, debido a lo voluminoso de los expedientes.
Son siete dirigentes, Elberto Cobo, Víctor Torres De León, Aniano Pinzón, Mariano Mena, Gabriel Castillo, Armando Rangel Gordón y Guillermo Puga, los que fueron condenados a cinco años de prisión por peculado en perjuicio del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel).
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Y, si acto seguido, el Segundo Tribunal Superior falla en contra, los trabajadores presentarán los recursos respectivos de casación laboral a la Corte Suprema de Justicia.
También está pendiente de resolver un ampara de garantías constitucionales presentado por la defensa el 9 de agosto de 2022, el cual está pendiente de resolverse desde el 16 de septiembre.
Este caso sigue en pie, a pesar de dos sobreseimientos dictados con anterioridad y un desistimiento por parte del Consejo de Gabinete, lo que da la impresión a los trabajadores de que tiene un matiz político.
“Es una connotación política que hay detrás de esto, que no tiene que ver con criterios legales”, dijo Collado, quien expresó que este caso debió haberse cerrado desde 2011, sin embargo, a pesar de todos estos fallos sigue vigente.
Y es que la parte legal de los trabajadores también tienen en pie presentar el recurso de prescripción de este caso, por el tiempo que ha pasado – 11 años – .
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