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Colegio de Abogados habla de 'faltas graves' en caso New Business
- Redacción / [email protected] / @PanamaAmerica
El CNA rechaza cualquier posibilidad de que una persona sea sometida al señalamiento y que no pueda sacudirse de la misma, teniendo un derecho que le asiste.
Los abogados Alfredo Vallarino y Luis Eduardo Camacho González denunciaron una cadena de violaciones al debido proceso en el caso New Business ante miembros del Colegio Nacional de Abogados.
La denuncia de la defensa en el caso New Business enumeró una serie de irregularidades e ilegalidades en que incurrió la juez tercera liquidadora de causas penales, Baloísa Marquínez.
No presentar a los testigos protegidos, así como violentar el derecho al contradictorio, el derecho estricta igualdad de las partes y el derecho a la defensa, son algunas de las denuncias expuestas por el abogado Alfredo Vallarino.
El Colegio Nacional de Abogados coincide en que estamos ante una juzgadora -la juez tercera liquidadora de causas penales, Baloísa Marquínez- que se ha conducido de una manera irregular e ilegal, destaca Vallarino.
"Coincido con los planteamientos de frustración y la falta de un ejercicio en los términos usuales o cotidianos en los que un abogado se desarrolla", indicó el presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), Juan Carlos Araúz.
Araúz señaló que el organismo colegiado se pronunció públicamente de oficio sobre la obligatoriedad de presentar a los testigos protegidos.
El letrado coincide con los planteamientos de frustración de un grupo de abogados que participaron en este juicio, por la forma en que se manejó este proceso por la jueza , Baloisa Marquínez.
El Colegio Nacional de Abogados es cauteloso de utilizar su vocería en situaciones excepcionales, dijo Araúz. "Aquí nadie vino a pedirnos que declaráramos de que el testigo protegido debía comparecer", aclaró.
Ante esta realidad, el presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), Juan Carlos Araúz recomendó a los abogados de la defensa denunciar por 'faltas graves', de acuerdo a la Ley de Carrera Judicial, y que cada apoderado de ese expediente se apersone, de acuerdo al mecanismo que establece la Ley, ante el magistrado investigador del Tribunal de Integridad y Transparencia.
Sobre las faltas graves, el letrado citó el Artículo 191 de la Ley de Carrera Judicial, en el numeral 7 que indentifica como falta grave: "Los servidores judiciales que se abstengan injustificadamente de diligenciar y decidir las situaciones procesales o administrativas planteadas en los expedientes o en labores que son de su conocimiento".
El tema de los testigos protegidos, no les da la categoría de ser una persona oculta. En este punto, el CNA rechaza cualquier posibilidad de que una persona sea sometida al señalamiento y que no pueda sacudirse de la misma, teniendo un derecho que le asiste.
Ante esto, lo que cabe es exigir al Ministerio Público la utilización de los testigos protegidos como una figura que garantice la lealtad procesal, donde el Ministerio Público no actúe escondiendo nada a las partes. "Es un tema que debe regir como principio tanto en el sistema inquisitivo o mixto", puntualizó.
"Hay una omisión clara en el tema de la no presentación de los testigos protegidos", señaló el presidente del CNA.
El colegio también se pronunció sobre el tema corporativo, sobre cómo se iba entendiendo el desarrollo de las distintas audiencias, agregó.
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