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Panamá suscribirá mil acciones de capital adicionales de Corporación Interamericana de Inversiones
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Con la suscripción de mil acciones adicionales de capital, Panamá alcanzará una suma total de 2,176 acciones de capital.

Panamá está representada por el Ministerio de Economía y Finanzas. Foto. Cortesía
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El Consejo de Gabinete aprobó este martes el Decreto N. 18-25, que autoriza la suscripción de mil (1,000) acciones de capital nuevas entre la República de Panamá, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas, y la Corporación Interamericana de Inversiones (CII o BID Invest), por un monto total de $21,000,000.00.
En la Reunión Anual de 10 de marzo 2024, la Asamblea de Gobernadores de CII o BID Invest —de la cual Panamá es miembro desde 1985—, se aprobó la Resolución CII/AG- 5/24, titulada “Nueva Visión y Modelo de Negocios para la Corporación Interamericana de Inversiones: Propuesta de Capitalización y Plan de Implementación”, en la cual se autoriza un aumento de capital de la CII o BID Invest de $3,500 millones divididos en 166,666 acciones.
De este total, se le asignan a Panamá mil (1,000) acciones para ser suscritas, cuyo valor por acción es de $21,000.00, siendo el monto total de la suscripción de $21,000,000.00.
Panamá posee actualmente 1,176 acciones en CII o BID Invest, lo que representa un capital pagado de $17,017,204.64.
Con la suscripción de mil acciones adicionales de capital, Panamá alcanzará una suma total de 2,176 acciones de capital, y un capital pagado de $38,017,204.64.
Cabe destacar que la Corporación Interamericana de Inversiones pertenece al Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Hoy, el Consejo de Gabinete también aprobó el Decreto N. 17-25, por el cual se adiciona un artículo al Decreto de Gabinete N.° 8 de 18 de abril de 2007, que autoriza la emisión de títulos de valores del Estado denominados Letras del Tesoro.
Con ello se adiciona el artículo 2-A al Decreto de Gabinete N.° 8 de 18 de abril de 2007, así: En adición al “Uso de los recursos” establecido en el artículo 2. “Términos y Condiciones” del Decreto de Gabinete N.° 8 de 18 de abril de 2007, se autoriza al ministro de Economía y Finanzas, a la viceministra de Economía o al viceministro de Finanzas, cada uno de ellos autorizados individualmente, para que coloquen, de manera directa, indirecta, o por cualquier otro mecanismo de emisiones que el Estado considere oportuno y que sea conforme a las prácticas de mercado prevalecientes en este tipo de transacciones, Letras del Tesoro, dentro del límite estipulado en el Decreto de Gabinete N.° 6 de 4 de febrero de 2025, para el pago o compensación de compromisos u obligaciones del Estado.
Los términos y condiciones finales de las referidas colocaciones serán aprobadas mediante Resoluciones Ministeriales, emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas.
MEF suscribe cuenta de inversión con el Banco Nacional de Panamá
El Consejo de Gabinete también aprobó el Decreto N.16-25 que autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a suscribir con la Casa de Valores del Banco Nacional de Panamá (BNP) un contrato de Cuenta de Inversión y Custodia de Valores.
Esto con el objetivo de que el Estado pueda consignar en ella sus títulos valores, los certificados de tenencia indirecta de derechos bursátiles, el efectivo (incidental), cheques y demás activos financieros del Estado, para la ejecución de diferentes tipos de operaciones financieras o realizar operaciones de manejo de deuda en el mercado primario y secundario; lo que coadyuvará a una mejor organización del crédito público, el reconocimiento y arreglo del servicio de la deuda nacional.
También se aclara que cada una de las operaciones a realizarse y que requieran de la utilización de la Cuenta de Inversión y Custodia de Valores, deberá cumplir con las autorizaciones correspondientes.
Este Decreto de Gabinete, que cuenta con la opinión favorable del Consejo Económico Nacional, aclara que el artículo 283 de la Ley 454 de 14 de noviembre de 2024, “Que dicta el Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal de 2025”, establece que BNP será el depositario oficial de los fondos públicos y la Contraloría General de la República deberá vigilar que, por ningún concepto, se abran cuentas en otras entidades financieras.
El BNP también cuenta con facultades para actuar como casa de valores y con licencia para ejercer esta actividad emitida por la Superintendencia del Mercados de Valores, mediante Resolución No. CNV-027-01 de 13 de febrero de 2001.
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