Coronavirus en Panamá
Panamá crea programa de residencia permanente para inversionistas extranjeros calificados
De acuerdo al Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2020, para aplicar a este programa, los inversionistas extranjeros deben invertir en propiedades inmobiliarias por un mínimo $300 mil durante los primeros 24 meses de vigencia del decreto. Luego de este tiempo, el monto sube a 500 mil dólares.
- Yessika Valdes
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- - Actualizado: 16/10/2020 - 01:24 pm
El Gobierno Nacional anunció la creación del nuevo programa de Residencia Permanente por Razones Económicas para Inversionistas Calificados, cuyo objetivo es estimular la reactivación económica mediante la atracción de inversionistas de alto patrimonio para dinamizar distintos sectores de la economía como el sector inmobiliario y la construcción.
De acuerdo al Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2020, para aplicar a este programa, los inversionistas extranjeros deben invertir en propiedades inmobiliarias por un mínimo $300 mil durante los primeros 24 meses de vigencia del decreto. Luego de este tiempo, el monto sube a 500 mil dólares.
Las inversiones inmobiliarias pueden ser para unidades ya terminadas o también mediante la inversión mediante contratos de promesa se compraventa de unidades inmobiliarias, mediante la incorporación de un fideicomiso que garantice la compra del bien inmueble.
Otras modalidades de inversión establecidas en este decreto del Ministerio de Seguridad, incluyen la compra de valores en la Bolsa de Valores de Panamá por un monto mínimo de $500 mil y establecimiento de plazos fijos bancarios por un mínimo de $750 mil. Estos valores deben tener incidencia directa en el territorio nacional.
Todas las inversiones deben mantenerse por 5 años como mínimo y para que el inversionista obtenga residencia permanente inmediata luego de culminado el proceso, que se estima tomará 30 días.
Por primera vez, se contará con un programa que permite al Inversionista Calificado aplicar desde el exterior. Es decir, que puede realizar la inversión desde el extranjero, mediante un abogado local, y culminar el trámite cuando se encuentre en territorio panameño.
Una vez en el país, deberá continuar el trámite en la ventanilla única de inversiones del Ministerio de Comercio e Industrias, en la que también participa el Servicio Nacional de Migración, para velar y asegurar los controles adecuados de cada inversión en el cumplimiento de las normas migratorias y de seguridad panameñas.
El Decreto N° 722 fue promulgado en la Gaceta Oficial de este viernes 16 de octubre y lleva las firmas del presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen y del ministro de Seguridad Juan Manuel Pino.
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El sector construcción es uno de los más afectados con la pandemia. Estuvo por más de cinco meses cerrado lo que provocó pérdias por el orden los 30 millones de dólares diarios.
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