Nuevas administración del Canal de Panamá tiene el reto de mantener competitiva de la vía Interoceánica
- Redacción/Web
La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP) indicó que el Canal de Panamá tiene la tarea de revisar y trabajar en el abastecimiento confiable de agua para la operación de sus esclusas.
La nueva administración de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) tiene el reto de afirmar la presencia exitosa y competitiva del Canal en las rutas de transporte que sirven al comercio mundial.
La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP) indicó que el Canal tiene la tarea de revisar y trabajar en el abastecimiento confiable de agua para la operación de sus esclusas.
"Confiamos en que la competitividad que define al Canal marque todos los órdenes de la vida nacional como factor indispensable para apalancar el desarrollo, el progreso y la calidad de vida a los que tienen derecho todos los panameños", señaló la Cámara de Comercio en su comunidcado.
El gremio empresarial afirmó que apoyará al Canal de Panamá en todo lo que sea necesario a fin de que pueda garantizar la vigencia y permanencia más allá del Siglo XXI, con la visión de este como un operador económico que potencie al máximo posible el aprovechamiento de nuestras ventajas regionales mediante la diversificación de sus actividades para continuar generando recursos crecientes al país con sentido de nación y responsabilidad de futuro.
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El pasado 5 de sepetiembre Ricaurte Vásquez Morales asumió el cargo como nuevo administrador del Canal de Panamá pro un periodo de siete años.
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De acuerdo con la Ley Orgánica de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), "el administrador es el funcionario ejecutivo de mayor jerarquía y representante legal de la Autoridad, responsable por su administración y por la ejecución de las políticas y decisiones de la junta directiva. Ejercerá sus potestades y atribuciones de conformidad con la Constitución Política, esta Ley, los reglamentos, el presupuesto anual respectivo de la Autoridad, los créditos extraordinarios, las resoluciones y los acuerdos que adopte la junta directiva, sujeto, en todo caso, a la supervisión de la Autoridad".
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