Panamá
Comisión determinará lista de medicamentos que tendrán control de precios
Según el artículo 106 de la Ley de Medicamentos, esta medida se podrá aplicar por seis meses, que pueden ser prorrogables.
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Según el artículo 106 de la Ley de Medicamentos, esta medida se podrá aplicar por seis meses, que pueden ser prorrogables.
La comisión establecida por el Gobierno para analizar el tema de los medicamentos recomendó al presidente Laurentino Cortizo que invoque el artículo 106 de la Ley 1 de 2001 para poner precios de referencia tope a un listado de estos productos.
Este pronunciamiento surge tras los acuerdos alcanzados en la mesa única de diálogo de Penonomé para poder abaratar el costo de los medicamentos, uno de los problemas que provocaron las protestas que paralizaron al país, el pasado mes de julio.
El artículo que invocará el mandatario dispone controlar los precios de los medicamentos, con el propósito de “preservar el interés superior del consumidor, en circunstancias en que el comportamiento de los precios en el mercado nacional no guarde relación con los precios de dichos productos o sus similares a nivel internacional”.
Los topes en los precios de los medicamentos, de acuerdo con el artículo de la Ley de Medicamentos, regirán por seis meses prorrogables.
La Acodeco, tal como dispone la norma, presentó los criterios para determinar los precios de los medicamentos, que la comisión procederá a analizar.
A nivel técnico, se cuestionó la potestad de la autoridad para definir la lista de medicamentos que será regulados, por lo que se decidió conformar un equipo para que se encargue de esa misión.
Por otra parte, se recomendó elaborar el decreto que reglamente la Ley de Medicamentos, para eliminar las barreras y puedan ingresar más medicamentos al país.
En contraposición, se determinó la necesidad de fortalecer los laboratorios locales que realizan la bioequivalencia de estos productos para seguridad de los pacientes que los consumen.
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Otra recomendación es modificar un decreto para aumentar la cantidad de medicamentos que se producen a nivel local y que son requeridos por la Caja de Seguro Social (CSS).
A la fecha, de 429 productos incluidos en el cuadro básico de la institución, solo 64 se producen en laboratorios nacionales. Con la modificación de la norma, subirían a 158.
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