Panamá
Apuestan a la facturación electrónica para controlar la evasión fiscal
- Yessika Valdés
- /
- yvaldes@epasa.com
- /
- @PanamaAmerica
La expedición de la factura fiscal se hace obligatoria en la transferencia, venta de bienes y prestación de servicios por parte de las personas.

Todo nuevo Registro Único de Contribuyente (RUC) deberá utilizar como medio de facturación el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP) a partir del 1 de enero de 2022, esto como medida para disminuir la evasión fiscal.
La expedición de la factura fiscal se hace obligatoria en la transferencia, venta de bienes y prestación de servicios por parte de las personas residentes en el país, así se determina en el proyecto de Ley 721, que modifica artículos a la Ley 76 de 1976, por la cual se modifican algunos artículos del Código Fiscal y se adoptan otras medidas tributarias.
Con la factura fiscal, el ente recaudador, es decir la Dirección General de Ingresoso tendrá una mejora en la calidad de información recibida, la disminución de la evasión fiscal, optimización de los métodos de facturación, así como un control fiscal más efectivo.
El proceso de homologación de los equipos fiscales causará una tasa de $1,000 por cada marca y modelo de equipo fiscal que deberá ser ingresada a favor del Tesoro Nacional. El comprobante de pago se adjuntará a la solicitud de homologación del respectivo equipo fiscal.
El documento establece en su primer artículo que es obligatoria la expedición de factura o de documento equivalente para acreditar toda operación relativa a transferencia, venta de bienes y prestación de servicios por parte de las personas residentes en el territorio panameño, cualquiera sea la forma en que se perfeccione la transferencia, la venta de bienes o la prestación de servicios, la forma de pago, así como la nacionalidad de las partes.
Aclaró que en aquellos casos que por la conectividad a internet, naturaleza o volumen de la actividad no sea posible facturar a través de equipos fiscales autorizados o de facturación electrónica, la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas podrá excepcionalmente autorizar el uso de otro medio de facturación o comprobante. En cuanto a las infracciones formales relacionadas con la obligación de emitir y exigir o conservar comprobantes se clasificarán en leves y graves, según lo dispuesto en este artículo.
Resaltó que de no conservar por primera vez las facturas fiscales o recibos, comprobantes o documentos sustitutivos emitidos por el contribuyente durante el periodo requerido por la ley se aplicarán sanciones entre los $5,000 a $10,000.En caso de segunda reincidencia, la multa será de $10,000 a $25,000 y el cierre temporal del establecimiento.'
$3,167
millones es la recaudación efectiva acumulada de los Ingresos Tributarios.
$1
o el cobro del 7 por ciento del valor del bien o servicio no facturado.
Mientras que, los compradores de bienes y servicios que a la salida del local o establecimiento comercial no hayan solicitado la emisión de la factura ya sea en formato físico o digital, serán sancionados con $1 o el cobro del 7% del valor del bien o servicio no facturado.
VEA TAMBIÉN: Industria de Panamá resiste crisis, pero urge seguridad jurídica
En el documento también quedó establecido que a partir del 30 de julio de 2022, se obliga a todas las entidades públicas a recibir únicamente como documento válido para gestionar compras de bienes servicios por parte del Estado la factura electrónica emitida conforme el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP), de acuerdo a las condiciones que establece el artículo 11 de la presente Ley.
El Director General de Ingresos, Publio de Gracia, dijo que la modificación a la ley tendrá un impacto significativo sobre la economía del país y la parte fiscal.
Añadió que los impuestos de inmuebles y las tasas únicas son en la actualidad los tributos que mantienen una mora significativa y que con las iniciativas aprobadas se da una gran oportunidad para que las personas obtengan una propiedad y se pongan al día en el pago de sus tributos.
Por su parte, los diputados gestores, Melchor Herrera y Crispiano Adames, adujeron que el país registra una baja recaudación tributaria comparativamente a otras latitudes y que debe mejorar con ese sistema, no para crear nuevos tributos sino de ser eficiente en los controles y capacidad de recaudación.
Al cierre de septiembre de 2021, los ingresos corrientes acumulados en efectivos del Estado totalizaron $4,187.87 millones, lo que refleja un superávit de $733.18 millones (21.22%), en comparación a igual periodo del año 2020, detalla el Informe Preliminar de Recaudación de la Dirección General de Ingresos (DGI).
¡Mira lo que tiene nuestro canal de YouTube!
Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.