Mitos y realidades del censo
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Deben realizarse cada 10 años para conservar su periodicidad, esto ha sucedido desde hace 100 años.
A partir del Decreto Ejecutivo No. 625 de 26 de Diciembre de 2017, emanado de la Presidencia de la República el cual reglamenta el levantamiento de los censos en la década del 2020, se dio inicio a la cuenta regresiva de los Censos Nacionales de Población y Vivienda, Agropecuario, Económico y cualquier otro que demanden las necesidades del país.
También se estableció en este decreto, que se deben realizar cada 10 años, para conservar su periodicidad, esto ha sucedido así desde hace 100 años en Panamá.
La responsabilidad de los Censos 2020, recae en el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Inec), organismo adscrito por orden constitucional a la Contraloría General de la República (CGR) y por la ley 32 Orgánica de la CGR.
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Por su parte, el Inec fue ordenado y constituido por la Ley 10 de 22 de enero de 2009 y reglamentado el 30 de marzo de 2011, según Decreto Núm. 159-LEG.
A saber
Por ejemplo, en el caso del reclutamiento del personal de empadronadores y supervisores, estos están denominados como "voluntarios" por el Inec, sin embargo este grupo de personas recibirán un emolumento por su trabajo.
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Otro factor a considerar sería concebir un Plan de Calidad de los Censos 2020, lo cual proveería a la actividad censal de una herramienta de seguimiento y control, de manejo y mejoras de incidencias, sobre todo de una evaluación continua y en línea con los procesos relacionados antes, durante y posterior a la ejecución de los censos.
* El autor es profesor de geografía, Dumas Myrie
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