Debate por discreción en penas accesorias
El Código Penal establece una lista de penas accesorias para las condenas bajo el SPA, aunque hay un margen de discreción conferido al juez.
- Adiel Bonilla
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- - Actualizado: 27/3/2018 - 05:26 am
Algunas penas accesorias que acompañan a la pena principal en los casos resueltos bajo el Sistema Penal Acusatorio (SPA) están generando polémica por el aspecto de la discrecionalidad del juez, tal como ocurrió en un reciente caso, en el que se ordenó la prohibición de utilizar redes sociales a una sentenciada, por un año.
El artículo 50 del Código Penal da las opciones para penas accesorias, las cuales son multas, inhabililitación de funciones públicas, inhabilitación para ejercicio de determinada profesión, oficio, industria o comercio; prohibición de portar armas, suspensión de la licencia de conducir, suspensión de la patria potestad y el ejercicio de la tutela.
Se espera que todas las penas principales (de prisión) tengan su correspondiente pena accesoria, pero relacionada con el hecho cometido.
Así lo establece el artículo 68 del Código Penal: "La pena accesoria es consecuencia de la principal. En su aplicación, el juzgador deberá seleccionar entre las penas previstas, la que, según la gravedad o naturaleza, tenga relación directa con el delito".
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Al momento de dictar sentencia, el juez "en su sabio conocer y entender, establecerá cuál es la más adecuada", explicó a Panamá América el juez de cumplimiento James Corro.
La discreción en la sanción alterna ha generado dudas e inconformidades, como ocurrió con la ciudadana Ana Laura Fernández, quien fue recluida en el centro femenino por delito de maltrato de menor.'
Más de 300 privados de libertad aplican para rebajas de penaDe acuerdo al listado publicado por el Ministerio de Gobierno (Mingob), actualmente 312 personas privadas de libertad aplican para una rebaja de pena y otras 29 tendrían derecho a solicitar libertad condicional.El Mingob también aclaró que para ser beneficiado con una medida de libertad vigilada, el solicitante tiene que haber cumplido las dos terceras partes de la condena.Y como requisitos adicionales, no debe tener otras sanciones o penas sin cumplir. También, haber clasificado en los periodos de prelibertad o libertad vigilada, buena conducta, informe de pronóstico favorable y mostrar índice de readaptación.En el caso de la rebaja de pena, se explicó que esta es otorgada por decisión del presidente de la República y aplicadas a personas con sentencia en firme.Prohibición de uso de redes generó suspicaciaGran revuelo causó en redes sociales el caso de Ana Laura Fernández, la privada de libertad que acusó al comisionado de la Policía, Roberto Castillo González (a la izquierda en la foto), de hostigamiento sistemático que culminó con su detención en el centro femenino de rehabilitación.Mediante un video que se hizo viral, la joven denunció -aparte del hostigamiento- irregularidades en el proceso por el que se le condenó por el delito de maltrato a un menor de edad, en el sector de Las Praderas de San Antonio, distrito de San Miguelito.Lo singular del caso es que como pena accesoria se le prohibió el uso de redes sociales por un año. ¿Qué relación guarda la sanción con el delito en cuestión?
El caso tomó notoriedad cuando Ana Laura denunció hostigamiento del comisionado de la Policía Nacional, Roberto Castillo, en un video que se hizo viral.
Al final, la juez Nayla Thurber acogió petición de la fiscalía para prohibirle a Ana Laura Fernández usar redes sociales por un año.
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El juez Corro prefirió no opinar sobre este caso en particular, pero aclaró que "no hay un manual que te diga que el juez puede decretar tal o cual pena".
El abogado Miguel Antonio Bernal, dijo que este tipo de penas no armoniza con lo sancionado.
Advirtió que "están tratando de atacar las redes sociales" para evitar participación ciudadana. "Hay que preguntar si cumplen órdenes", valoró Bernal.
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