Panamá
Crece el abuso sexual infantil y la indignación en Panamá
Tan solo en el primer trimestre de este año 2021 se han dado un total de 1,643 casos de abuso sexual en Panamá, un incremento del 2% en comparación al año 2020.
- Ana Cristina Quinchoa
- - Publicado: 05/5/2021 - 06:00 am
Desde hace años, el abuso sexual infantil ha preocupado al país, sin embargo, el tema inquieta aún más, ahora que los casos han ido en aumento en medio de la pandemia de COVID-19.
Tan solo en el primer trimestre de este año 2021, se han dado un total de 1,643 casos de abuso sexual en Panamá, un incremento del 2% en comparación al año 2020, donde se reportaron 1,476 casos de denuncias registradas a nivel nacional, con relación a los Delitos Contra la Libertad e Integridad Sexual, según datos compartidos por el Ministerio Público (MP).
Dentro de la cifra anterior, la provincia de Panamá ocupa el primer lugar en casos de abuso sexual infantil con 384 casos, mientras que en segundo lugar está la provincia de Panamá Oeste con 205 y en tercer lugar se encuentra la provincia de Chiriquí con 180 casos.
Este año, los casos que causaron indignación general fueron los abusos sexuales ocurridos en albergues que se encuentran bajo la supervisión de la Secretaría Nacional de Niñez y Adolescencia (Senniaf), acontecimientos que causaron repudio y motivaron protestas.
En Panamá existe el artículo 12 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que establece que es obligación de toda persona que conozca de casos de violación a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, hacerlo de conocimiento de las autoridades, a efecto de que se investiguen y sancionen.
‘Es un tema que se oculta o se esconde, porque mientras la pedofilia, como trastorno, y la pederastia, como práctica delictiva, no sean abordados de manera pública y energética, tendremos abuso’, indica el sociólogo Enoch Adames.
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Además, menciona que Panamá necesita educar bien a los niños para que puedan reconocer ‘intención o acción’ orientada al abuso.
Por su parte, Yilka Berrio, psicóloga clínica, dice que es importante la educación y la detección de ciertas conductas en los niños, pues ellos, aunque no digan lo que les está sucediendo, demuestran señales.
Por ejemplo, dentro del consultorio, Berrio se percata de si el niño o niña se esconde detrás de la mamá, tiene la cabeza agachada, si no le gusta que le toquen las manos, si presiona con fuerza el lápiz que se le entrega para que dibuje, si dibuja algo con dientes afilados, o si pincha la hoja, además si se orina en la cama y si deja de comer las cosas que le gustaba antes.
Hasta el momento, la especialista en Psicología no ha atendido a ningún paciente (niño o niña) de abuso sexual, ya que explica que este tipo de casos, siempre son tratados desde la Fiscalía, y si le llegara alguno, tendría que referirlo a la sección de Niñez. Sin embargo, menciona que tuvo un paciente, ya en edad adulta (25 años), que acudió a ella, porque se sentía confundido de su sexualidad, ya que en su adolescencia había sido manoseado por uno de sus tíos, y esto le dejó dudas. El joven tenía novia, pero a veces sentía atracción por algunos de sus amigos.
Lo dicho anteriormente, es solo uno de los tantos ejemplos de las afecciones que dejan los abusos sexuales infantiles.
Sensibilizar a la sociedad
Cuando ocurren casos de abuso sexual, se produce inmediatamente un impacto negativo en la sociedad, por lo que son reprochables. Las víctimas y familiares, son señalados, cuestionados, apartados de la sociedad, y son objeto de bullying.
Kira Brokamp Medina, fiscal de circuito de Sección de Investigación y Seguimiento de Causa de Unidad de Delitos Sexuales, menciona que lo más difícil de trabajar con estos casos es lograr en los demás la sensibilización para tratar con las partes, también la búsqueda de mecanismos para empoderar a las víctimas destruidas emocionalmente y proporcionarles ayuda. ‘Como fiscal debemos tener la capacidad de dominar emociones intrínsecas del ser humano, con miras a regirnos por el escrito del derecho, pues nos debemos a una institución’, añade.
La sociedad es parte importante en estos asuntos, agrega el sociólogo Adames, quien manifiesta que las personas requieren una empatía racional con las víctimas, que pongan al descubierto las causas sociológicas y psicológicas de un tema preocupante.
Mientras, Berrio dice que lo fundamental será siempre que las personas estén alertas con los niños, que les presten más atención, y que no dejen pasar esos comportamientos diferentes en los menores, que dejen de pensar “ah, es que son niños”, “él es así”, “se orina porque tiene frío”, incluso ahora, vigilar lo que ven y hacen en los dispositivos electrónicos.
Aspecto legal
Como todo proceso, lo correcto para determinar la culpabilidad de alguien que es acusado de abuso sexual, es de manera legal, según comenta Brokamp. “Una vez instauran la noticia criminal, cumplimos y respetamos los derechos y garantías procesales, y los constitucionales de las partes, encaminado a la investigación objetiva para acreditar la existencia del delito, y vincular la participación de sus autores, en ese ejercicio de la acción penal que está abocado por la ley”.
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Cuando se inicia con la investigación, explica la fiscal, el primer paso es la formulación de imputación, que se realiza en una audiencia ante un Juez de Garantías en el Ministerio Público, luego se comunica los hechos relevantes: el delito, la norma infringida, tipo de participación, y los elementos de convicción recabados hasta ese momento; también, se solicitan las Medidas Cautelares Personales o Reales. El plazo legal dura al menos seis meses, sin embargo, por la actual situación del COVID, es probable que en el Juicio Oral, se dé fecha para el año 2022.
Cabe señalar que este año se ha conseguido un logro importante en el aspecto legal, pues, en abril, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 51, que crea el Sistema Nacional de Registro Oficial de Ofensores Sexuales, propuesto por la diputada Zulay Rodríguez, que se basa en tener una información detallada de las personas mayores de edad que sean condenadas, mediante una sentencia por los delitos Contra la Libertad e Integridad Sexual, y sus diversas modalidades, con el objetivo de que sirva como base de datos de consulta para los operadores de justicia y su cuerpo auxiliar.
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