Panamá
Consejo Municipal exonera proyecto de desalinizadora la ACP
Según el artículo 316 de la Constitución Política de Panamá y el artículo 43 de la Ley Orgánica, la ACP no está sujeta al pago de impuesto o tributos.
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Según el artículo 316 de la Constitución Política de Panamá y el artículo 43 de la Ley Orgánica, la ACP no está sujeta al pago de impuesto o tributos.
El Consejo Municipal del distrito de Colón aprobó la exoneración de pago a la ACP Foto: Diomedes Sánchez .
La exoneración de pago a la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), para el trámite de permisos de construcción correspondiente al proyecto denominado, "Mejoras a la infraestructura eléctrica y adecuación de terreno para la instalación de una desalinizadora para el control de salinidad en el agua del Lago Gatún", fue aprobado el pasado martes por el Consejo Municipal del distrito de Colón.
De acuerdo al artículo 316 de la Constitución Política de la República de Panamá y el artículo 43 de la Ley Orgánica, la ACP no está sujeta al pago de impuesto, derechos, tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional o municipal.
Las obras a realizarse son críticas para las operaciones del Canal de Panamá.
A su vez representa un beneficio para la comunidad de Escobal y para el suministro de agua potable de las comunidades aledañas.
Este proyecto será ubicado en el corregimiento de Escobal que colinda con el lago Gatún.
Escobal pertenece a la jurisdicción del distrito de Colón.
Para el señor Tomás Olivero de 44 años de edad, esta entidad (ACP) con tanto dinero que genera, aunque la ley lo diga, debieron pagar.
"Ellos no invierten en las comunidades tanto que pregonan y sus proyectos no se ven, son elitistas”, sostuvo Olivero.
Mientras Eugenio Palma de 50 años de edad, consideró que siempre y cuando sea para mejorar el agua que se toma en Escobal, resulta positivo.
Finalmente Briceida de Luque de 39 años de edad, indicó que espera que este proyecto utilice la mano de obra de las propias comunidades y no traigan personas de otras provincias.
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