Panamá
Referendo revocatorio contra Fábrega sería este mismo año
- Alberto Pinto
- /
- alberto.pinto@epasa.com
- /
- @albertopinto02
Mientras el abogado Carlos Carrillo, en representación de José Luis Fábrega, presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la resolución que admite iniciar proceso de revocatoria.

Mientras avanza proceso para recoger las firmas de la revocatoria de mandato, alcalde presenta demanda de inconstitucionalidad. Foto: Grupo Epasa
El referendo de revocatoria contra el alcalde de la ciudad capital, José Luis Fábrega, se podría realizar este mismo año, de lograrse recoger las firmas requeridas.
Mientras el proceso avanza, el abogado Carlos Carrillo presentó ante la Corte suprema de Justicia una demanda de inconstitucionalidad contra la resolución que admite iniciar el proceso de revocatoria de mandato.
Y es que el proceso de capacitación de los instructores termina el próximo 19 de abril y el 20 iniciará la recolección de firmas.
Roberto Ruiz Díaz, quien impulsa la revocatoria, indicó: "Se vienen sumando algunos activistas nuevos, y estamos preparando una solicitud al Tribunal Electoral para realizar el próximo lunes 18 de abril una capacitación, vía zoom, para que todo aquel ciudadano que quiera participar, ya sea por docencia o que quiere conocer los procedimientos lo pueda hacer libremente", destacó.
El abogado dijo que esperan recoger esas 198,920 firmas que es el 30% de padrón electoral del distrito de Panamá, antes de los cuatro meses que tienen de plazo.
Explicó que una vez se recojan las firmas, el TE tiene un plazo de tres meses para organizar y realizar el plebiscito de la revocatoria formal.
Roberto Ruiz Diaz considera que, incluso, si se recoge de forma rápida las firmas el referendo podría realizarse en julio del presente año.'
Si bien la ley no establece que haya que argumentar, el abogado explica que los incumplimientos del alcalde José Luis Fábrega son suficiente. Entre ellos señaló que no ha realizado las consultas ciudadanas adecuadamente, ha impulsado proyectos de forma inconsultos, entre otros.
Las 198,920 firmas que se necesitan para que se convoque al referendo revocatorio deben ser revisadas por el Tribunal Electoral y después de ello en un plazo de tres meses convocar al plebiscito.
Todas aquellas personas que estén en el padrón electoral de las elecciones de mayo de 2019,del distrito de Panamá.
Dejó claro que tres meses es el tiempo máximo que tiene el Tribunal Electoral para convocar a ese referendo, pero podría ser en menor tiempo si así los magistrados lo consideran pertinente.
VEA TAMBIÉN: Simpatizantes de Realizando Metas protestan por irregularidades cometidas por la magistrada María Eugenia López
"Si nos vamos a los cuatro meses más el periodo que tiene el Tribunal perfectamente se puede hacer este año", planteó el abogado.
Recalcó que lo importante es que el ciudadano utilice esta herramienta que le permite la ley.
"Lo importante es que el ciudadano se empodere y entienda que tiene ahora un poder para exigirle a sus autoridades que tienen que cumplir. Cualquier resultado que sea el que salga es ganancia para la ciudadanía porque está haciendo uso de herramientas democráticas que se le está poniendo a disposición", indicó.
Manifestó que en esta fase se están capacitando a instructores y ellos pueden capacitar directamente a los activistas.
VEA TAMBIÉN: Panamá mantiene 2,236 casos de covid-19 activos
Agregó que "a partir del 20 empezamos la recolección de firmas, pero en el lapso de los cuatro meses que se tienen para recoger firmas se puede seguir capacitando y uniendo a más activistas.
La recolección de firmas se hará a nivel distrital, y cuando haya movimientos de fines de semana se le va a pedir al Tribunal Electoral colocar mesas fijas, en áreas como: 5 de Mayo el Caseway, La Cinta Costera en La 24 de Diciembre, en Tocumen, entre otros lugares de la ciudad capital.
Para apoyar este proceso de revocatoria pueden firmar todos los inscritos en el padrón electoral del 2019 que estaban registrados en el distrito capital, hayan votado o no lo hayan hec ho en esos comicios. "Después que aparezcan en el padrón pueden firmar y votar".
¡Mira lo que tiene nuestro canal de YouTube!
Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.