Katleen Levy no se resigna a dejar la Asamblea Nacional e impugna proclamación del circuito 8-10
La diputada del Partido Panameñista argumenta en su impugnación cuatro causales, entre los que está las alteraciones de actas.
La diputada del Partido Panameñista argumenta en su impugnación cuatro causales, entre los que está las alteraciones de actas.
A pesar que en un inicio reconoció no haber sido favorecida por el voto, la diputada panameñista, Katleen Levy no se resigna y decidió impugnar la proclamación por parte de la junta de escrutinio del circuito 8-10.
Y es que la polémica diputada ya interpuso la impugnación y con ello consignó los 25 mil dólares de fianza que exige el Código Electoral.
Katleen Levy invocó las causales 2, 6, 8 11 y 14 contenidas en el artículo 416 del Código Electoral. El proceso de la diputada panameñista fue enviado al Juzgado Electoral Quinto.
La causal 2 indica: "Que el cómputo de los votos, consignados en las actas de las mesas de votación o en las actas de los escrutinios generales, contenga errores o alteraciones". La diputada alega que ello se pudo observar en muchas actas.
En el punto 6 se señala: " La elaboración de las actas correspondientes a la junta de escrutinio o a las mesas de votación, por personas no autorizadas por este Código, o fuera de los lugares o términos establecidos".
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La causal 8 establece: " La violación de las mesas o la violencia o amenaza ejercida sobre miembros de la mesa o de la junta de escrutinio, durante el desempeño de sus funciones".
También invoca la causal 11 que dice así: "La ejecución de actos de violencia o coacción contra los electores, de tal manera que se les hubiera impedido votar u obligado a hacerlo contra su voluntad. Se considera igualmente un acto de coacción las entregas, por sí mismo o por interpuestas personas, de dádivas, donaciones, regalos en efectivo o en especie y simulación de rifas, con el propósito velado o expreso de recibir respaldo en votos".
Una última causal que invoca la panameñista es la número 14 y que versa así: "Si desde la apertura del proceso electoral se violentan los derechos y prohibiciones establecidos en la Constitución Política y en el presente Código incidiendo en sus resultados".
Hasta la fecha, según cifras del Tribunal Electoral (TE), se han presentado 54 impugnaciones con respecto a las elecciones.
Entre las impugnaciones presentadas hay 30 interpuestas contra puestos de representantes, seis contra alcaldes y 18 contra diputados.
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De la totalidad de impugnaciones tres son presentadas bajo la denuncia de nulidad de elección, cuatro contra la proclamación de la junta de escrutinio circuital y 47 interpuestas directamente contra los candidatos ganadores a los cargos de elección.
Se informó que por el momento hay siete impugnaciones que faltan por ser asignadas a juzgados y tres han sido rechazadas por la Fiscalía, pero a su vez han sido apeladas, siendo estas las impugnaciones contra Yanibel Ábrego (diputada), Jorge Antonio Ramos Aparicio (alcalde de Capira), y a Katy Costarelo y Concepción Hernández (representante y suplente de Palmas Bellas).
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