Panamá
Convocatoria para concurso de Carrera Diplomática y Consular cierra el 4 de mayo
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Según la Ley 60 de 4 de octubre de 2015, quienes aspiren a participar del concurso deberán poseer título universitario a nivel de licenciatura, postgrado maestría o doctorado en Relaciones Internacionales o Política Internacional.

Palacio Bolívar, sede de la Cancillería.
El próximo martes 4 de mayo cierra el periodo de convocatoria para el ingreso a la Carrera Diplomática y Consular.
Según la Ley 60 de 4 de octubre de 2015, quienes aspiren a participar del concurso deberán poseer título universitario a nivel de licenciatura, postgrado maestría o doctorado en Relaciones Internacionales o Política Internacional.
El personal de Carrera Diplomática y Consular es de carácter permanente y su desempeño se fundamenta en los principios de preparación académica, competencia y capacidad.
El ingreso a la carrera se hará a partir de la categoría de tercer secretario por medio de concurso público, que evaluará la aptitud e idoneidad de los aspirantes.
Los ascensos los realizará el Órgano Ejecutivo a propuesta del ministro de Relaciones Exteriores, previo informe de una Comisión Calificadora, tomando en cuenta la antigüedad, estudios realizados, evaluaciones periódicas y aprobación de pruebas, según la norma regulatoria.
Los cargos del servicio exterior siempre han estado en el ojo de la tormenta por la designación de funcionarios bajo criterios políticos, sin preparación académica.
Los interesados deberán ingresar a www.mire.gob.pa/concurso, llenar el formulario de inscripción y adjuntar copia de títulos universitarios, Diplomado, Postgrado, Maestría y Doctorado.
También se requiere copia autenticada de la cédula de identidad personal, declaración jurada de compromiso de ingreso a la Carrera Diplomática y Consular; certificado de buena salud física y mental expedidos únicamente por centros médicos, clínicas u hospitales públicos; récord Policivo; y certificado de pleno goce de derechos civiles y políticos.
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En caso de ser ciudadano o ciudadana naturalizada con quince años de residencia probada en el país después de haberla obtenido, presentar copia autenticada de la Carta de Naturaleza emitida por el Ministerio de Gobierno y Justicia e inscrita por la Dirección de Registro Civil.
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