Consumidor
La venta 'donde está y como está'
Comprar donde está o como está, suele ser buena inversión, cuando se recibe un descuento considerable y si conocemos todos los detalles del bien, para realizar las adecuaciones necesarias a fin de seguir sacando provecho del mismo.
- Larissa M. Ramírez Coronado
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- - Publicado: 08/11/2020 - 12:00 am
El consumidor puede ejercer su derecho a reclamar por un daño o vicio oculto, que no fue descrito clara y verazmente en el momento de una transacción debidamente comercial con un agente económico. Foto: EFE.
En estos últimos días, hemos visto una multiplicación de anuncios por internet, mensajería instantánea o por redes sociales de propietarios de bienes que publican la venta de diversos artículos personales.
Este fenómeno debemos analizarlo detenidamente, primero desde el emisor del anuncio, puesto que muchos son personas que venden artículos que ya no usan y no por ello se constituyen en agentes económicos, aunque el adquirente lo haga para su consumo final y sea por ello un consumidor.
En ese caso esa relación no está protegida por las normas que salvaguardan los derechos de los consumidores.
Si la transacción es realizada con agentes económicos bajo la condición "donde está y como está", cuya etiqueta nos hace inferir que presenta defectos o daños que hacen imposible su uso o que disminuye su valor y su calidad, los cuales son importantes conocer previa y oportunamente antes de la compra; es decir antes que pague por este producto y dejar constancia de ello en la factura de compra.
Además de informar si es reconstruido, reposeído, usado, si tiene o no garantía, la existencia o no de piezas o repuestos en Panamá, el servicio técnico y cualquiera otra información que pudiera determinar la compra y que de haberlo conocido antes el consumidor, no lo hubiera comprado o hubiera dado un precio menor por ello.
La falta del proveedor al reservarse esta información trascendental da el derecho del consumidor de entregar el bien y la obligación del proveedor de recibirlo y a devolver las sumas pagadas por el consumidor u optando el consumidor por recibir una rebaja en el precio, sin derecho a reclamo posterior.
En el caso de la devolución del dinero, el proveedor deberá devolver las sumas recibidas de la misma manera como lo recibió, entregando en efectivo el dinero o revirtiendo las sumas a la tarjeta de crédito o débito.
Comprar donde está o como está, suele ser buena inversión, cuando se recibe un descuento considerable y si conocemos todos los detalles del bien, para realizar las adecuaciones necesarias a fin de seguir sacando provecho del mismo.
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A pesar de que se adquiera un artículo, el cual ya tenía una información anticipada de que se vende como está y donde está, antes de la compra, no es impedimento alguno para que el consumidor pueda ejercer su derecho a reclamar por un daño o vicio oculto, que no fue descrito clara y verazmente en el momento de la transacción comercial, por lo que debe solucionarse ya que el mismo debe tener una garantía.
Recordando que esto es factible, solo en caso de una transacción debidamente comercial con un agente económico.
Ante esto, es importante que los consumidores estén alerta y en el evento de existir alguna reclamación, se recomienda contactar con la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), en busca de una orientación y solución.
Para que esta institución pueda conciliar en la solución de este inconveniente, debe existir una factura fiscal y formal relación comercial con una empresa debidamente registrada, en el territorio de la República de Panamá.
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Abogada.
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