Opción de trámite en línea para solicitud de verificación previa de concentraciones económicas
La posibilidad de utilizar medios electrónicos en línea por parte de los agentes económicos que se concentran para tramitar una solicitud de verificación previa ante la Acodeco, tiene soporte legal en la Ley 144 de 15 de abril de 2020...
- Jovany Morales
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- - Publicado: 30/11/2020 - 12:00 am
Se garantiza a los solicitantes la confidencialidad de la información suministrada. Foto: EFE.
El artículo 110 de Ley 45 de 2007 establece el procedimiento de verificación para concentración económica que seguirá la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), en concordancia con lo dispuesto en el capítulo VI del Decreto Ejecutivo No. 8-A de 22 de enero de 2009, por el cual se reglamenta el Título I del Monopolio y se dictan otras disposiciones de la Ley 45 de 2007.
Desde el 25 de junio del presente año (resolución Nº 27), esta institución puso a disposición de los agentes económicos interesados en concentrarse, el uso de medios electrónicos como una opción para realizar el procedimiento administrativo de solicitud de verificación previa de concentraciones económicas, para obtener el concepto de esta institución.
La posibilidad de utilizar medios electrónicos en línea por parte de los agentes económicos que se concentran para tramitar una solicitud de verificación previa ante la Acodeco, tiene soporte legal en la Ley 144 de 15 de abril de 2020, que modifica y adiciona artículos a la Ley 83 de 9 de noviembre de 2012, sobre el uso de medios electrónicos para los trámites gubernamentales, y dicta otras disposiciones.
La resolución Nº 27 habilitó el correo electrónico [email protected] para que los interesados remitan el escrito de solicitud de verificación previa de concentración económica y adjunten toda la información y los documentos legibles, sin tachones, ni borrones o alteraciones. La entidad podrá requerir documentos en formato editable a fin de facilitar el análisis económico de la operación.
El escrito de solicitud, debidamente firmado, además deberá contener el correo electrónico de persona autorizada, representante o apoderado legal de los interesados que recibirán las notificaciones dentro del trámite administrativo, en caso de no aportar esta información será enviado al mismo correo electrónico que presentó la solicitud.
A través de este correo electrónico o cualquier otro medio electrónico disponible, la Acodeco notificará las resoluciones, notas de requerimiento o aclaración adicional, que se emitan dentro del procedimiento de verificación previa de concentraciones económicas, a los solicitantes que hayan promovido el trámite en línea a través de los correos electrónicos de persona autorizada, representante o apoderado legal, en caso de no aportar esta información lo requerido será enviado al mismo correo electrónico que presentó la solicitud.
En caso de requerir copia autenticada de resolución, el solicitante deberá remitir la petición a través de este mismo correo, a sus costas y previa cita, y retirar en la Dirección Nacional de Libre Competencia. La presentación de la solicitud a través de esta vía, no da trámite a la aceptación de la operación de concentración económica.
Se garantiza a los solicitantes la confidencialidad de la información suministrada en los términos establecidos en el artículo 103 de la Ley 45, el artículo 4 del Decreto Ejecutivo 8-A de 22 de enero de 2009 y el artículo 70 de la Ley 38 de 31 de julio de 2000.
Economista.
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