Economía
Las concentraciones económicas
Un aspecto que deberá evaluarse en el mercado pertinente para identificar si habrá o no un beneficio económico para la sociedad, al darse una concentración económica, es si los consumidores tendrían otras alternativas para demandar el bien.
- Raúl De Gracia Harrison
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- - Publicado: 18/12/2019 - 12:00 am
Las empresas bajo la figura de la concentración económica podrían evidenciar estrategias de restricción de la oferta de productos con el propósito de crear escasez o incrementar sus precios. Foto: AP.
La concentración económica se refiere al resultado de una adquisición o fusión llevada a cabo entre dos o más empresas, que incluye a las figuras, tales como: sociedades, asociaciones, acciones, fideicomisos o cualquier establecimiento, ya sea que la misma se realice a nivel horizontal (entre empresas distribuidoras o entre empresas productoras o entre empresas proveedoras entre sí), o a nivel vertical (entre empresa proveedora y empresa productora, o entre empresa productora y empresa distribuidora) o a nivel de conglomerado (entre un grupo de empresas que no tienen una relación vertical y/o no tiene una relación horizontal), y que dicha decisión de concentración, puede concederle a la empresa que absorba, un poder sustancial en el mercado pertinente (mercado geográfico y mercado producto), manteniendo un control.
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No se considerará una concentración económica las denominadas “asociaciones accidentales”, es decir la conformación de una concentración cuando sea especificando la realización de un proyecto claramente definido y que se ejecutará y se desarrollará en un tiempo sustentado y definido en un contrato.
Por ejemplo, la utilización de la figura empresarial de Joint Venture, donde estos dos puntos (proyecto definido y el término de duración) están claramente fijados, y que posterior de la realización del proyecto, cesará la vida o vigencia contractual de la concentración.
Un aspecto que deberá evaluarse en el mercado pertinente para identificar si habrá o no un beneficio económico para la sociedad, al darse una concentración económica, puede iniciarse con identificar si los consumidores tendrían otras alternativas para demandar el bien.
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El punto central es si existirán bienes sustitutos que ofrezcan otras empresas competidoras, que les permitan contar con otras opciones a los consumidores, ya que la empresa bajo la figura de la concentración económica puede, si cuenta con poder sustancial de mercado (40% o más de participación en el mercado) y desea ejercer el mismo, se podrían evidenciar estrategias de: restricción de la oferta de productos, con el propósito de crear escasez (su efecto será un incremento de los precios en el mercado); o por solo incrementar los precios de los productos; o por zonificar la distribución de la oferta; o por discriminar precios por cliente o por área geográfica, entre otras estrategias para incrementar sus beneficios y su rentabilidad operativa.
Un segundo aspecto a valorar sería los beneficios que conllevaría la concentración económica.
Por ejemplo, si con los activos fijos y los recursos que ahora tiene la empresa que absorbe, y sin requerir hacer inversiones significativas, le permite producir o fabricar otros productos que anteriormente no podría.
También habría que evaluar sus niveles de eficiencia productiva y las alternativas de innovación productiva, alternativas para la diversificación y las condiciones propicias para incrementar las especializaciones alternas, al tener opciones de alcanzar economías de escala y economías de alcance, que le permitan reducir los costos y a su vez, reducir los precios ofrecidos en el mercado de sus líneas de productos y/o maximizar el uso de los recursos productivos y de su capacidad instalada.
Docente de la Facultad de Ingeniería Industrial. Universidad Tecnológica de Panamá.
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