Derechos
La manta del escepticismo y Constitución
- Silvio Guerra Morales
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- opinion@epasa.com
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"...el carácter individual e histórico del Derecho no impide la posibilidad de un conocimiento científico del mismo..." .

más radical, le niegan al pueblo su derecho a renovar, de modo íntegro y pleno, su Constitución. ¿Por qué negarse a una Asamblea Nacional Constituyente Paralela? Los voceros del escepticismo oto: Archivo.
El escepticismo, en el campo de la filosofía, suele ser rechazado.
Se trata de una posición que ha recibido menosprecio por la mayoría de los pensadores.
Esta postura, por sus supuestos fundamentos gnoseológicos, se refuta a sí misma.
José Ortega y Gasset la calificó como un "suicidio intelectual".
En la ciencia jurídica del siglo XX, en relación con las tendencias del pensamiento jurídico, y sobre el valor científico de esa ciencia, cobró cierta importancia el pensamiento de Kirchmann, quien fuera Procurador del Rey en el Estado de Prusia.
En 1847, en la ciudad de Berlín, pronunció un célebre discurso que intituló "La falta de valor de la jurisprudencia como ciencia".
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En ese discurso, sostuvo el joven jurista, que a diferencia de las restantes ciencias, la jurisprudencia se alimenta de las imperfecciones de su objeto: parece como si experimentase una especial satisfacción en trabajar con un objeto fragmentario, confuso y contradictorio; las lagunas, los equívocos, las contradicciones del Derecho, son el tema favorito de los juristas, los cuales de ese modo, a través de la ley positiva, conviértanse en gusanos que solo viven de la madera carcomida.
A partir de ese discurso, la ciencia jurídica, dice Radbruch, se convierte en puro azar.
De allí, precisamente, surge la famosa sentencia de Kirchmann: "Tres palabras rectificadoras del legislador y bibliotecas enteras conviértense en basura".
Criticando a Radbruch, Legaz y Lacambra ha dicho que: "En principio, pues, el carácter individual e histórico del Derecho no impide la posibilidad de un conocimiento científico del mismo, del cual se afirma precisamente, con plena consciencia, que tiende en último término a presentarlo en su carácter y rasgos auténticamente individuales.
Por otra parte, no todo en el Derecho es puro azar, no todo es fortuito, ni todo es historia; hay también un elemento constante en el Derecho –todo lo que puede ser expresado en su concepto y en los conceptos jurídicos puros- que, como tal, es objeto de un conocimiento que es científico en el sentido que ya hemos explicado". (Legaz y Lacambra, Luis. Filosofía del Derecho, Edit.Bosch, Barcelona, España, 1979, pág.223).
El discurso de Kirchmann era insostenible, pues escéptico ante la posibilidad de que la Jurisprudencia pudiera nunca constituirse como ciencia, propugnó por una politización intensa de la misma.
En el pensamiento de la Escuela de Kirchmann las leyes positivas deberían reducirse al mínimo, formulando los principios directivos supremos y el sano juicio del pueblo se reservaba su aplicación en las consecuencias menores.
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En las tendencias críticas o negadoras del Derecho no es extraña, como ocurrió con Radbruch, crítico de posición relativista, como ya se ha visto, la apelación a la política o a la ciencia social.
Junto a la corriente negadora del carácter científico del Derecho, también se encuentran otras como: La escuela positivista de tipo lógico-sistemático (formalistic style) de Llewellyn y la cual puso a la jurisprudencia en fuerte oposición con el poderoso desarrollo industrial y social de la época (finales del siglo XIX).
También tenemos que mencionar a la denominada Escuela de Upsala, cuyo inspirador es el filósofo sueco Axel Haegerstroem, seguido por los juristas Andrea Wilhelm Lundstedt, Hedenius, Solnordal y Karl Olivecrona, Alf Ross y también Otto Brusin y el sociólogo Teodoro Geiger.
Lundstedt niega el Derecho como objeto existente en general.
Consecuentemente, niega la ciencia jurídica, sus conceptos, sus cuerpos jurídicos, las instituciones, por lo que cree que existe una maquinaria jurídica o mejor decir, social.
Para Lundstedt no existen reglas ni normas de Derecho.
Se trata, a no dudarlo, de una doctrina eminentemente realista.
La última tendencia en señalar, es aquella que sostiene que el real y verdadero objeto de las ciencias es el lenguaje.
Norberto Bobbio afirmó que en cumplir esa misión radica la única posibilidad de patentizar el carácter científico de la Ciencia del Derecho.
Ahora bien, frente a los discursos casi permanentes, con edad que circa los cincuenta años, los voceros del escepticismo más radical, le niegan al pueblo su derecho a renovar, de modo íntegro y pleno, su Constitución.
En ese orden, un grupo minúsculo se ha irrogado, cosa que la ley no le confiere, el derecho de darnos reformas que han sido debatidas al fragor de conversaciones de sobremesa del acontecer nacional y, lo medular, los contenidos constitucionales quedan subsumidos en unos aportes que no tienen, adolecen de calor y sudor popular.
¿Por qué negarse a una Asamblea Nacional Constituyente Paralela?
Los escépticos dicen que "hay que evitar traumas".
Pregunta: ¿Los traumas para ellos o de quiénes?
¡El trauma para el pueblo habrá sido negarle su derecho a hacer su propia constitución!
Abogado.
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