Análisis
La ecuanimidad democrática; preelecciones panameñas
- Cristina Torres Ubillús
- /
- [email protected]
- /
..el reto más apremiante es la atención integral de la participación de aspirantes por la libre postulación, que por no poseer estructuras organizadas como los partidos políticos, han emanado conflictos producto de la inminente adecuación a las normativas;...
![La democracia como sistema de gobierno no es perfecta, pero es el mejor sistema que nos permite vivir en libertad y participar en el destino de nuestro país.](https://www.panamaamerica.com.pa/sites/default/files/elecciones_panama_democracia.jpg)
La democracia como sistema de gobierno no es perfecta, pero es el mejor sistema que nos permite vivir en libertad y participar en el destino de nuestro país.
Enero del año 2019, ya frente a la realidad de nuestras elecciones nacionales el 5 de mayo, a escasos meses de elecciones complejas, toda vez que serán bajo la Ley 29 de 29 de mayo de 2017 (de las reformas electorales) y sus consecuentes decretos y reglamentos, los cuales en el pasar de los procesos electorales que no solo se circunscriben a nacionales, debemos mencionar los procesos obligantes previos a elecciones nacionales e incluso procesos aunados, y que son resultado de las mismas reformas.
Se han desarrollado cambios en los estatutos de los partidos políticos, actividades electorales intrapartidarias, directorios nacionales a efectos de toma de decisiones de diversos contenidos, desde las designaciones de sus estructuras hasta las decisiones de alianzas intrapartidistas y hasta conversaciones de las posibles participaciones de aspirantes de libre postulación que igualmente pueden participar en este tipo de alianzas con los partidos políticos, aunque ya a la fecha de hoy 5 de enero de 2018, a los aspirantes a la presidencia por la libre postulación, por ordenamiento y calendario electoral (Plagel), les ha correspondido en cumplimiento de las normas electorales designar sus vicepresidentes ante el cercano torneo electoral.
Debo mencionar que de los aspirantes solo serán tres los que podrán participar de las elecciones nacionales en cumplimiento de la Ley Electoral y de obligatorio cumplimiento.
VEA TAMBIÉN: La codicia
Desde el punto institucional, el Tribunal Electoral ha tenido que desarrollar tareas a efectos de cumplir con las exigencias en pro de salvaguardar la transparencia, equidad y dar seguimiento a la no permisión del clientelismo político que fueron los pilares de las reformas electorales, y el reto más apremiante es la atención integral de la participación de aspirantes por la libre postulación, que por no poseer estructuras organizadas como los partidos políticos, es sano mencionar que han emanado conflictos producto de la inminente adecuación a las normativas; debemos mencionar el esfuerzo que han llevado a cabo el Tribunal Electoral y la Asamblea Nacional en la inclusión formal de la participación de género, haciendo referencia a mayor participación de la mujer en la política, desde las reformas.
Cabe destacar que no existen leyes perfectas porque el derecho evoluciona de acuerdo con las conductas humanas, desarrollo social, político, económico, ya que sería absurdo negarlo dentro de las actividades electorales, tomando siempre en consideración que la democracia como sistema de gobierno no es perfecta, pero es el mejor sistema que nos permite vivir en libertad y participar en el destino de nuestro país.
Cuidemos de ella, ya que la toma de decisiones equivocadas radicales desconociendo con exactitud procedimientos, regulaciones que son herramientas útiles y necesarias para la subsistencia humana nos puede llevar a la pérdida de esa democracia que tanto nos ha costado.
De forma muy respetuosa los invito a reflexionar en el Preámbulo de nuestra Constitución Nacional:
"Con el fin supremo de fortalecer la Nación, garantizar la libertad, asegurar la democracia y la estabilidad institucional, exaltar la dignidad humana, promover la justicia social, el bienestar general y la integración regional e invocando la protección de Dios, decretamos la Constitución Política de la República de Panamá".
VEA TAMBIÉN: Administración pública con visión privada
Una vez compartido el mismo, soy del criterio que las reformas tal como lo indica taxativamente el Título XIII, Reforma de la Constitución, Art. 313 y 314 otorgándonos el mecanismo constitucional de obligatorio cumplimiento de Asamblea Constituyente Paralela y que debe ser aprobado mediante una ley de acuerdo al Art. 165 de la Constitución Nacional; amo mi país, igual a mi familia, amigos y a todos ustedes panameños que queremos un mejor país y por quien luchar.
Nuestra Constitución no se debe someter a cambios cimentados en las imprecisiones de la ligereza que no sería más que el dejar hacer ante la falacia de la participación.
Queremos democracia y nunca se puede fundamentar en el desconocimiento de los parámetros democráticos que son la Carta Magna de un país.
Las reformas son delicadas y se deben hacer de forma muy responsable por el bien común, con el tiempo necesario para tal fin.
"Panamá es nuestra responsabilidad y de todos".
Jurista/Académica.
Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.