El Principio de Solidaridad
- José Richard González
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- Cirujano subespecialista
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La organización internacional de trabajo explica que el derecho a la seguridad social comprende "la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que de otra manera derivararían en una fuerte reducción de sus ingresos económicos como consecuencia de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o en enfermedad profesional, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos".
El principio de solidaridad consiste en la participación ciudadana en la lucha contra los riesgos sociales y es considerado por muchos como el principio más importante en materia de seguridad social, o como su rasgo más distintivo. A través, de este principio, las cargas económicas son aportadas por toda la comunidad.
El vínculo de solidaridad tiene el convencimiento de que si alguien cae en una situación adversa, serán subsidiados por los otros, de su misma generación o de las siguientes generaciones. Todas y cada una de éstas generaciones se ayudan entre sí para que los miembros de ella que tengan la necesidad de recibir los fondos que se disponen para ello, lo perciban y a su vez, los que aportan, tengan la seguridad de que ellos también serán "asistidos". Es una manera de realizar una de las "formas" de "justicia social".
Actualmente en Panamá, bajo el principio de solidaridad, a los trabajadores formales se les descuenta muy regiosamente y de manera obligatoria, cada quincena la cuota obrero-patronal para el pago de millonarias licitaciones de medicamentos, insumos quirúrgicos, pruebas de laboratorio y software en marco del programa de enfermedad y maternidad del seguro social. Con el uso exclusivo de los aportes individuales de la cuota obrero patronal, sería imposible pagar las cirugías cardíacas, los trasplantes de órganos, las máquinas de hemodiálisis, las enfermedades autoinmunes o huérfanas. Son enfermedades de alto costo, donde se socializa el riesgo de la cuota obrero-patronal bajo la ética del bien común.
Durante la discusión de salvar la plata de las jubilaciones, bajo el argumento de evitar expropiaciones de las cuentas individuales, un pequeño sector poderoso de la comunidad panameña han manifestado que debe imperar la "ética del mercado", y por ende,"cada quien debe recibir lo que ha pagado" a pesar de reñir contra el principio de solidaridad que se usa en los demás programas del seguro social que utilizan la ética del bien común. Es más, para la unificación de la salud y la ética del bien común, se está expropiando los bienes del nuevo cancerológico de la Ciudad de la Salud, justificado por el principio de solidaridad panameña.
Se usa el principio de solidaridad para evitar que los panameños caigan en una trampa de pobreza pero, impresiona, que los asesores reciclados en salud, poseen una doble moral en las soluciones a mejorar la protección social a la vejez panameña y han satanizado el principio de solidaridad en la protección de la vejez.
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