Protección
El pensamiento del hombre y los derechos que le atribuyen
- Rebeca Trujillo
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...cientos de autores están salvaguardando sus derechos y protegiendo de manera legal sus obras literarias, producto de un pensamiento que muchas veces nace de una realidad...
El derecho natural es sin duda alguna una de las ramas más controvertidas, ya que esta postula la existencia de los derechos del hombre que se fundan en la naturaleza humana, como es el caso del pensamiento, para algunas personas el solo hecho de definir la palabra pensamiento no resulta nada fácil, porque cabe destacar que el pensamiento puede involucrar referencia a ciento de cosas, hay quienes creen que el pensamiento hace énfasis en la libertad, otros lo asocian con respuestas e ideas, y hasta con las alegrías.
En mi caso, el pensamiento prefiero asociarlo con el tesoro, y es que si unimos la libertad, ideas, respuestas y alegrías estas, que nacen del pensamiento del hombre, pueden llegar a ser plasmadas como parte de una realidad, llegando así a representar un medio que provee incentivos económicos para la creación intelectual y es allí donde se abre paso a la significativa Ley 64 de 10 de octubre de 2012, conocida como la ley sobre el Derecho de Autor, que exhaustivamente vela por la protección de quienes hacen de sus pensamientos, una realidad literaria e impide a su vez que terceros no involucrados traten de apropiarse de dichas obras, lo que según la ley de protección a los derechos de los autores lo reconoce como delito.
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Panamá en sus últimos años ha estado culturizándose acerca del tema, y así lo demuestran los informes de la Dirección de Derecho de Autor del Ministerio de Comercio e Industrias (Mici) al obtener un récord de más de 999 inscripciones, en su mayoría obras literarias, lo que significa que cientos de autores están salvaguardando sus derechos y protegiendo de manera legal sus obras literarias, producto de un pensamiento que muchas veces nace de una realidad, y es que la obra de un autor, no solo debe ser respetada por el valor económico que esta puede llegar a representar, sino por el hecho de salvaguardar el crecimiento moral e intelectual de cada escritor, ya que este punto no puede ser valuado en dinero, pero sí destaca un punto significativo e importante dentro de la naturaleza jurídica del Derecho de Autor, ya que nos hace considerar estos como derechos reales, que competen al autor, como el hecho de poder ejercer de manera directa e indirectamente actos de potestad sobre la obra que este haya creado, en goce de sus derechos económicos de forma única y exclusiva, por ende, esto sería lo que llamamos un derecho real que adquiere vida, sobre hechos o ideas incorporales, pero reciben a cambio remuneraciones tangibles y a su vez derechos patrimoniales.
Asesora legal.
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