Caso Caja de Ahorros: Un error al fin develado
- Ricardo Chanis
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Al banco le está permitido financiar la construcción de centro de convenciones pues se trata de un tipo de centro comercial y el negocio de banca se lo permite.
La Contraloría
El contralor Humbert respondió los tres (3) oficios por los que la fiscalía le preguntó si la Contraloría “adelanta o ha adelantado” auditoría forense al crédito investigado.
En las tres ocasiones el contralor respondió a la fiscalía de igual manera: “Al respecto, debemos indicarle que no hemos realizado, ni se realiza la auditoría en comento.”
Razón: Los fondos objeto de la investigación no son públicos; sino que son privados.
Por ello es que la Contraloría no ejerce control ni previo ni posterior sobre los fondos que el banco usa para realizar sus operaciones bancarias, incluyendo sus préstamos.
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La solicitud de crédito.
La administración 2014-2019 del banco, a respuesta de sendos oficios enviados por la fiscalía, aportó al proceso el Manual de Crédito del banco que al respecto dice:
“7. SOLICITUDES DE CRÉDITO / […] / b. Al momento de entrevistar a un cliente y/o recibir la solicitud de crédito, el Analista de Crédito identificará todas las facilidades directa e indirectas que represente el solicitante […]”
Es decir: El crédito cumple con el Manual de Crédito cuando su tramitación se inicia con una entrevista o con una solicitud de crédito; cualesquiera dos maneras, es válida.
Es más, para estos tipos de crédito (corporativos) lo que recomienda la buena práctica bancaria es iniciar su trámite con una entrevista al cliente, como en efecto sucedió.
El Manual de Crédito
La misma administración 2014-2019 también aportó al proceso 2 auditorías sobre procedimiento bancario que en parte determinaron lo siguiente sobre este crédito:
“La calificación general se determinó como ‘Satisfactoria’.”
“Es importante indicar que todo lo requerido en la práctica para la aprobación de las facilidades de crédito fue obtenido.”
“Se comprobó que el desembolso del Préstamo fue crédito a la Cuenta Corriente No. 011000169141 a nombre de HPC Contratas P&V, S.A.”
“Se procedió a comprobar […] que el desembolso se realizó de acuerdo a las condiciones de aprobación establecidas en su momento.”
Es decir: Las auditorías bancarias determinaron que la tramitación del crédito cumplió a cabalidad con el Manual de Crédito, de inicio a fin; o sea, de entrevista a desembolso.
Los créditos permitidos
El Manual de Crédito del banco que a la Caja de Ahorros le está permitido realizar o brindar a sus clientes los siguientes tipos de créditos, entre otros:
“2. Otorgar toda clase de créditos, sujetos a las políticas y reglamentos de créditos que apruebe la Junta Directiva, conforme a lo establecido en la presente ley. / […]
6. Financiar proyectos que comprendan la urbanización y/o la construcción de viviendas, complejos comerciales e industriales. / […]
13. Efectuar en general cualquier operación permitida al negocio de la banca […] o demás prácticas bancarias.”
Es decir: Al banco le está permitido financiar la construcción de centro de convenciones pues se trata de un tipo de centro comercial y el negocio de banca per se lo permite.
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Manejo de préstamos comerciales.
Por otro lado, el Manual de Procedimiento para el Manejo de los Préstamos Comerciales del banco señala expresamente que al personal de la Caja de Ahorros:
“Debe permitir ofrecer respuestas oportunas, consistentes y competitivas a los requerimientos de sus clientes, reconociendo que estas operaciones representan formas deseables y rentables de ampliar los fondos disponibles para inversiones. / […]”
Es decir: Dar respuestas oportunas y competitivas a los clientes que solicitan créditos comerciales es una obligación del personal del banco y no, una conducta irregular.
La develación del error
Por estas y muchas otras razones de índole bancario es que la Juez sobreseyó de forma definitiva a los 22 imputados, pronunciándose en parte y al respecto así:
“[…] la Fiscalía respetuosamente debió entender la operación bancaria y como ésta se lleva a cabo antes de entrar a valorar cuestiones administrativas que no vulnerarían a los intereses de nadie y es por esto que se cavila que está de más subir esta causa a plenario, ya que ni siquiera se debió instituir una investigación criminal […].”
Abogado
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