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Nación / Panameñistas reciben duro revés de la Corte en menos de 48 horas

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Panameñistas reciben duro revés de la Corte en menos de 48 horas

Actualizado 2018/06/01 05:42:33
  • Luis Miguel Avila
  •   /  
  • luis.avila@epasa.com
  •   /  
  • @lavila15

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte manifestó no admitir la demanda de ilegalidad presentada por los panameñistas.

Panameñistas reciben  duro revés de la Corte en menos de 48 horas

Panameñistas reciben duro revés de la Corte en menos de 48 horas

En menos de 48 horas, el oficialismo ha recibido dos reveses por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), al comunicársele a la bancada panameñista de la Asamblea Nacional decisiones que favorecen a la actual presidenta de ese órgano del Estado, Yanibel Ábrego.

El primer caso se refiere a la admisión de un amparo de garantías presentado por la Asamblea contra las auditorías que lleva adelante el contralor Federico Humbert y el segundo con la no admisión de un recurso de ilegalidad presentada por el diputado Jorge Iván Arrocha contra la reconformación de la Comisión de Credenciales del hemiciclo legislativo.

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema, a través de un fallo, manifestó no admitir la demanda de ilegalidad presentada por Arrocha en representación de los diputados Luis Eduardo Quirós y Adolfo Valderrama.

Los diputados oficialistas, a través de Arrocha, también presentaron un incidente de desacato contra Ábrego, dentro de la advertencia de ilegalidad interpuesta contra el acto celebrado en el pleno de la Asamblea el pasado miércoles 21 de febrero de 2018, con el cual se alteró el orden del día para someter a consideración la antigua reconformación de la Comisión de Credenciales.

Con esta actuación fueron sacados de la comisión los diputados Adolfo "Beby" Valderrama y Jorge Iván Arrocha y se dejó dentro de la misma a Luis Eduardo Quirós y Jorge Alberto Rosas; sin embargo, los mismos nunca se juramentaron para participar dentro de esta.

Frente al acto de desacato presentado por los panameñistas a través de Arrocha, el magistrado Augusto Abel Zamorano declaró desierto el incidente de desacato presentado contra la actual presidenta de la Asamblea Nacional de diputados Yanibel Ábrego

Con esto se ratifica que toda la actuación que tuvo la Comisión de Credenciales que dirige el diputado Fernando Carrillo se hizo de forma legal y transparente.

'

Cifras
2621  número del artículo del Código Judicial que ordena al contralor suspender las auditorías.
9 son los diputados que conforman la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional.

Admisión de recurso

Sumado a este revés, la noche del miércoles se conoció que el magistrado Cecilio Cedalise admitió un amparo de garantías constitucionales interpuesto el pasado 16 de mayo por la presidenta de la Asamblea contra la resolución de la Contraloría General de la República de Panamá, que ordenaba una auditoría formal a la planilla 080.

En su oficio, Cedalise le pide al contralor Federico Humbert que le envíe un informe acerca de los hechos materiales de esta acción, dentro del término de dos horas siguientes a la presentación de la notificación de esta resolución judicial, conforme se prevé en los artículos 2621 y 2622 del Código Judicial.

Dentro del artículo 2621 del Código Judicial al que hace referencia la nota enviada por Cedalise a Humbert se manifiesta que el funcionario requerido debe cumplir con esta orden y suspender la ejecución del acto, si se estuviere llevando a cabo, o se abstendrá de realizarlo mientras se decide el recurso.

Ante esto, el abogado Carlos Carrillo indicó que con esta decisión tomada por la Corte Suprema, lo que se está garantizando es que actuaciones hechas por un órgano independiente del Estado sean usadas por otro para incidir sobre el normal funcionamiento de la Asamblea.

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Otro de los que opinó sobre este tema fue el abogado Armando Fuentes, quien en su cuenta de Twitter señaló: "La admisión del amparo sí suspende la ejecución de la orden del contralor Humbert, ya que la orden expresa de suspender solo sería necesaria si el contralor fuera una autoridad judicial, situación fáctica que no se da en la actualidad".

Documento: Infografía
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