Guerra: 'Fallo reconoce efectos de acuerdo de pena'
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El jurista Silvio Guerra plantea que "el derecho no se puede aplicar, interpretar, implementar ni analizar con el...

El abogado penalista Silvio Guerra.
El jurista Silvio Guerra plantea que "el derecho no se puede aplicar, interpretar, implementar ni analizar con el microscopio o la lupa de los políticos", ello con relación a la decisión del Segundo Tribunal Superior de Justicia que ordena el archivo del expediente, por el supuesto delito de blanqueo de capitales, en contra de las personas allegadas al exmagistrado Alejando Moncada Luna.
Señala que "de ser así, los jueces y magistrados serían servidores del poder político, de los gobiernos, pero no de la Justicia" .
"El reciente fallo o decisión del Segundo Tribunal Superior de Justicia que ordena el archivo del expediente que, por el supuesto delito de blanqueo de capitales, se surtía en contra de personas allegadas al exmagistrado Moncada Luna, no hizo otra cosa que reconocer los efectos expresados y plasmados en el Acuerdo de Pena celebrado entre el fiscal de la causa y el Acusado Alejandro Moncada", dijo el jurista.
Destaca que "este acuerdo es claro y literalmente expreso en señalar el efecto de caso juzgado del mismo".
Agrega que "el fallo o decisión del Tribunal Superior, por otra parte, de haber sido contrario, violentaría la regla técnica propia y de la esencia del sistema acusatorio que prescribe la prohibición de la doble persecución penal".
"No pueden, en virtud de dicha regla, nacer dos cuerdas procesales allí en donde el efecto del acuerdo del caso juzgado ha cerrado toda posibilidad para que ello acontezca", destaca Guerra.
El jurista considera: "El problema de la decisión al parecer, estimo, no es su ajustado apego al derecho, sino a quienes beneficia. Y, al parecer, eso no ha gustado a muchos del ruedo político criollo".
Destaca que " la justicia no puede funcionar con este tipo de consideraciones, ya que pierde todo sentido de lo correcto y de lo justo".
"Por otra parte, me parece desafortunado que jueces y magistrados sean amenazados por sus fallos. Para ello están las instancias superiores, y el debate procesal solo existe allí en donde los contendores dominan los principios y los conceptos", recalcó.
Señala Guerra que "todo lo demás es puro palabrerío y demagogia jurídica".
"Se corre el riesgo de ponerle un candado y atar con pesadas cadenas a la libre interpretación del derecho, lo mismo que a la independencia del juzgador cuando se formula este tipo de amenazas en contra de los jueces y magistrados", indicó.
En su sustentación, Guerra manifiesta que "en todo caso, como corolario, el pecado jurídico, caso de existir, habría que buscarlo en el arreglo o acuerdo de pena suscrito en la Asamblea entre la fiscalía y el acusado".
"Este, insisto, no dejó abierta posibilidad alguna de una nueva investigación", relata.
El catedrático deja claro que "por ello es que los acuerdos de pena tienen que ser bien claros y específicos y no ser violatorios de derechos y libertades fundamentales".
"En otro orden de ideas, hay que tener presente que el acuerdo de pena nació y se desarrolló dentro de un proceso penal especial dado en la Asamblea y, por ello, es jurídicamente imposible que se haga surgir un nuevo procedimiento de naturaleza ordinaria ante fiscales y jueces ordinarios como se pretendía", recuerda.
"Es decir, la conexidad procesal atraía necesariamente a todos los demás elementos subjetivos y objetivos del delito. Ello significa que todo el procedimiento penal debió darse en la Asamblea, y no escindirlo o dividirlo", plantea el penalista.
Concluye que "la actuación del Tribunal Superior es conforme, de modo pleno, a derecho".
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