ATTT establece un periodo de moratoria para el pago de infracciones
Actualizado 2016/11/08 09:59:31
- Redacción/@panamaamerica
Esta prórroga solamente será aplicada a aquellas infracciones y multas que se encuentren en desacato hasta el 31 de octubre de 2016 al momento de la publicación del Decreto Ejecutivo 299 de 26 de octubre de 2016.
![La moratoria de 60 días (noviembre y diciembre) dictada por el Gobierno de la República, incluye todas las boletas que tengan pendientes los conductores. Foto/Archivo](https://www.panamaamerica.com.pa/sites/default/files/imagenes/2016/11/08/img_8336_0_0.jpg)
La moratoria de 60 días (noviembre y diciembre) dictada por el Gobierno de la República, incluye todas las boletas que tengan pendientes los conductores. Foto/Archivo
La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), estableció un periodo de moratoria para el pago de infracciones sin desacato por los meses de noviembre y diciembre.
La moratoria de 60 días (noviembre y diciembre) dictada por el Gobierno de la República, incluye todas las boletas que tengan pendientes los conductores, a fin de que puedan cancelarlas, sin incurrir en el pago de la sanción por desacato, incluso los que se encuentren en arreglo de pago podrán acogerse a la misma, siempre y cuando se mantengan al día con la letra asignada en su arreglo de pago.
Esta prórroga solamente será aplicada a aquellas infracciones y multas que se encuentren en desacato hasta el 31 de octubre de 2016 al momento de la publicación del Decreto Ejecutivo 299 de 26 de octubre de 2016. Las infracciones y multas que incurran en desacato posterior a la publicación de la moratoria en Gaceta Oficial no gozarán de este beneficio.
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