Alertas de Interpol no son suficientes para detener a un acusado en EE.UU.
Actualizado 2017/05/23 11:19:19
- Redacción
En los EE.UU. una alerta roja de INTERPOL no es base suficiente para detener a un acusado a partir de 1791; de acuerdo con la Constitución de ese país, para arrestar a una persona legalmente es necesaria evidencia de "causa probable".
La presentación de documentos y estipulaciones políticas que realiza el Gobieno Nacional no son suficiente para que se acredite un proceso de extradición por parte de los Estados Unidos EE.UU., como han solicitado autoridades panameñas contra el exmandatario Ricardo Martinelli.
Y es que con las últimas declaraciones de funcionarios panameños, especialistas en la materia han explicado cuál es el procedimiento legal para una diligencia de este tipo, y la cual estraría en la categoría de acusación política.
Anteriormente, figuras como Richard J. Douglas, el consejero legal del expresidente peruano Alejandro Toledo, sostuvo que la presión política contra su defendido es tomado en cuenta por los Estados Unidos como una "persecución política".
Lo anterior sería por el cumplimento de un tratado de extradición que también existe en Panamá, y habla sobre qué condiciones no se produciría una extradición.
En este sentido, el también exsecretario adjunto de la Secretaría de Defensa de los Estados Unidos, señaló en una entrevista al diario La República de Perú, que la cantidad y calidad de la documentación no es suficiente consideración para la extradición.
Explicó que "muchos tratados modernos tienen una provisión que permite la denegación de una demanda motivada por la política" y "obliga la denegación cuando el Poder Ejecutivo del país requerido ve que la demanda tiene motivos políticos".
Incluso tras las demandas de un gobierno como Panamá, el gobierno de EE.UU., puede denegar la demanda formalmente, mas no de forma pública, sino a través de una comunicación diplomática, es decir, con el desconocimiento de la población.
Y es que la mucha presión dirigida al estado requerido (EEUU) tendría un impacto fatal para una demanda de extradición, incluso cuando una demanda posea documentación de los órganos de Gobierno, la presión política en el estado requirente dirigida al acusado puede acabar con dicha demanda.
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En el caso del expresidente peruano Alejandro Toledo, también la Interpol emitió una segunda alerta de captura contra Toledo. Que por ahora no sería el caso comprobado del presidente Martinelli de Panamá.
No obstante, en los EE.UU. una alerta roja de INTERPOL no es base suficiente para detener a un acusado a partir de 1791, pues de acuerdo con la Constitución de ese país, para arrestar a una persona legalmente es necesaria evidencia de "causa probable", y una alerta roja de INTERPOL no basta, según el especialista.
Aun por tratarse de casos donde ha habido irregularidades jurídicas, presión política, violaciones del derecho de debido proceso de la ley del acusado, etc., lo cuial hace que la consideración del país requerido (Panamá) no será la cuestión de acumular evidencias.
Las autoridades de EEUU también analizan los esfuerzos para ocultar o lavar los errores de los casos, y en ese caso, entraría otra vez la consideración de motivos políticos.
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El consejero añadió que en el caso de la demanda de extradición en contra Toledo, no avanzaría. "Cabe decir que cuando la demanda del país requirente cumple con el tratado, EE.UU. no tiene interés en demorar su ejecución".
Afirma que en los años 90, "en el Departamento de Justicia USA, yo administraba el portafolio de extradición bilateral con México y España y el portafolio de asistencia mutua en materia penal con México, España, y Suiza. A pesar de la intensidad de la persecución, en el país requerido siempre hay que entrar en el análisis fundamental exigido por el tratado: ¿hay evidencias? ¿Hay motivos políticos? No importa la intensidad de la persecución si el país requirente no puede satisfacer los elementos básicos del tratado. Es muy común, en tales circunstancias, que el país requirente eche la culpa, por su propia falta de cumplimiento con el tratado, al estado requerido. Pero si no hay evidencia y la demanda tiene motivos políticos, es responsabilidad exclusiva del pais requirente".
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