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Querella en España contra Ricardo Martinelli tenía un matiz político
- Luis Ávila
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El juez español en su escrito indicó que una publicación no puede ser considerada como indicio para abrir una investigación penal.
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El juez español en su escrito indicó que una publicación no puede ser considerada como indicio para abrir una investigación penal.
Un Juzgado de Madrid no admitió una querella contra el expresidente Ricardo Martinelli Berrocal, interpuesta por la Fundación Internacional Baltazar Garzón, por falta de pruebas y competencia.
El magistrado juez del Juzgado de Instrucción número 002 de Madrid, Ismael Moreno Chamorro, sustentó su decisión de no admitir la querella contra Martinelli, basado en que la descripción de los supuestos hechos que se le buscaban imputar, son extraídos de "blogs" y medios de comunicación on-line.
"A este respecto, la Sala Segunda del Tribunal Supremo en su doctrina establece que no puede atribuirse a las informaciones periodísticas valor indiciario suficiente como para sustentar una querella en ausencia de otros elementos corroboradores", explicó el juez en su fallo de siete páginas.
Moreno Chamorro igualmente dentro de su escrito de no admisibilidad hizo referencia a jurisprudencia de fallos de tribunales españoles de los años 2000, 2010, 2012 y 2014, donde se deja establecido la no admisibilidad de querellas basadas en recortes de periódicos y hechos narrados en medios de comunicación social de España.
"Como ya se ha dicho anteriormente, todas estas publicaciones aportadas por sí mismas no pueden servir para la investigación de los hechos denunciados que sirvan de base para la interposición de la querella", agregó el magistrado.
Dentro de sus argumentos para rechazar dicha querella, el magistrado juez Moreno Chamorro hizo alusión a la falta de competencia de las autoridades españolas para conocer de hechos en donde se involucre a funcionarios extranjeros.
Esto, basado en que Martinelli es de nacionalidad panameña, con pasaporte italiano, y sin residencia habitual en España.'
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fueron los fallos en los cuales el juez basó su jurisprudencia para sustentar su decisión.
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de junio pasado, se dio el fallo a favor de Martinelli en contra de un medio español.
Hay que indicar que el magistrado juez también señaló que no hay lugar para realizar las diligencias que había solicitada la Fundación Garzón en la querella presentada a través de la procuradora española, Beatriz González Rivero.
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Garzón, quien promovió esta querella contra Martinelli, ha enfrentado diversos procesos por presunta prevaricación y por cohecho impropios.
Además, se le interpuso una querella por supuestamente haber percibido dinero del Banco de Santander durante su estancia en la Universidad de Nueva York.
En tanto, Luis Eduardo Camacho González, miembro del equipo de defensa del expresidente Martinelli, manifestó que cuando se revisó y se analizó esa querella, llegaron a la conclusión de que la misma estaba revestida de un "alto componente político y advertimos que esta no era más que otra estrategia usada por sus adversarios que trataban de implantar noticias en el exterior con la finalidad de perjudicarlo".
Agregó que desde el día uno fueron claros en plantear que esa querella presentada, no contenía sustento alguno para que se diera paso a lo que se estaba solicitando, "es decir era una mera conjetura y que se basaba principalmente en recortes de periódicos".
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Ante esto, Camacho González se hace la pregunta: ¿Cómo darle valor a noticias que están llenas de subjetividad y que se hacen con la finalidad de atacar a una persona?.
El jurista panameño añadió que afortunadamente esa querella no fue en Panamá, "país en el cual el 95% de los expedientes aperturados en la gestión de Juan Carlos Varela contra Martinelli y otros, se dieron por un recorte de un periódico controlado por las personas de dicho Gobierno".
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