Condenan a La Prensa por daños y perjuicios causados a Marta Linares
La juez décimo sexta también ordenó a Corporación La Prensa retirar la publicación colgada en su sitio web el 11 de febrero de 2016, por considerar que lesiona el buen nombre de la exprimera dama.
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- - Actualizado: 20/5/2019 - 07:43 am
La juez Décimo Sexta, Guimara Aparicio, dictó condena en contra de Corporación La Prensa S.A., Editorial por la democracia S.A., y de las personas naturales (ligadas a esta editorial) Olmedo Rodríguez y José González, por los daños y perjuicios causados a la exprimera dama, Marta Linares de Martinelli, ordenándoles el pago solidario de $25 mil como resarcimiento por las afectaciones, así como cubrir $6 mil en concepto de costas del proceso.
El fallo del Primer Circuito Judicial de Panamá, con fecha 17 de mayo de 2019, se da en respuesta a demanda (inicialmente por un millón de dólares), interpuesta por Linares de Martinelli, a raíz de una publicación en inglés colgada en la versión del diario La Prensa www.prensa.com el 11 de febrero de 2016.
La publicación aparecía bajo el título "Guardia Jaén testifies in purchase of Christmas bags", y un subtítulo que decía: "Una de las que se le formularon cargos es la ex primera dama Marta Linares de Martinelli".
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La demanda interpuesta por el abogado Luis Eduardo Camacho González, advertía que esta publicación era temeraria y falsa, toda vez que a la demandante no se le han formulado cargos "bajo ninguna de las modalidades penales vigentes en la República de Panamá, ni dentro del proceso al que hace referencia la noticia, ni en ninguna otra causa penal".
También se recordaba que el mismo 11 de febrero de 2016, se solicitó formalmente a La Prensa la corrección de los "hechos falsos" expuestos en la noticia, petición que no fue atendida por el medio.
Dichos infundios -relataba el oficio -ocasionaron a la demandante afectaciones empresariales, emocionales, sociales y laborales, atentando en contra de su buen nombre, reputación y vida privada; y trayendo además consecuencias graves en sus actividades comerciales, financieras y bancarias.
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Sin embargo, en su contestación, tanto los autores como Corprensa negaron los hechos.
No obstante, en el análisis de lo acontecido, y citando jurisprudencia, la juez Guimara Aparicio otorgó razón a Marta Linares de Martinelli, confirmó que "la demandante depende de su buen nombre por ser una persona de trayectoria pública", y consideró que procedía emitir condena en virtud de esta publicación sin fundamento,
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