Panamá
Unifican criterios sobre nueva ley de interés preferencial
- Redacción / [email protected] / PanamaAmerica
Lo que se busca es poner en vigencia la Ley 3 de 1985, modificada por la Ley 94 de 2019 que quedó sin efecto en diciembre de 2022.
El Órgano Ejecutivo y representantes de entidades afines al sector de la vivienda se reunieron para unificar criterios sobre la redacción de la nueva Ley de Intereses Preferenciales.
Lo que se busca es poner en vigencia la Ley 3 de 1985, modificada por la Ley 94 de 2019 que quedó sin efecto en diciembre de 2022.
En esta reunión participaron el ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Rogelio Paredes; el ministro Consejero para la Facilitación de la Inversión Privada, José Rojas Pardini; el presidente del Consejo Nacional de Promotores de Vivienda (Convivienda), Gabriel Diez y por la Cámara Panameña de la Construcción (Capac), Antonio Docabo.
Paredes dijo que este encuentro se da como seguimiento, a la reunión que sostuvo recientemente el presidente de la República, Laurentino Cortizo, con miembros de la junta directiva de Capac y Convivienda, donde se estableció una mesa de trabajo para la nueva redacción de la Ley.
“El día de hoy hemos tenido una reunión muy productiva y esperamos pronto tener resultados que podamos presentar al Órgano Ejecutivo, para poner nuevamente en vigencia una Ley que beneficie a ese segmento de la población clase media, que había quedado desamparada”, aseguró el ministro Paredes.
Aclaró que para realizar estos nuevos escritos hay que consultar al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y a los diferentes gremios, porque hay que hacer todas las consultas posibles de manera que la nueva Ley logre su objetivo.
Señaló que la buena noticia es que el presidente Cortizo ha sido consciente de los beneficios de la Ley y quiere una vez más explorar la posibilidad de una extensión.
Cabe mencionar que Cortizo vetó parcialmente el proyecto de ley que propone la extensión de intereses preferenciales para la compra de viviendas.
La razón principal es que no hubo la consulta necesaria de parte de la Asamblea Nacional con el Órgano Ejecutivo.
Por otro lado, estaban unos compromisos del Presupuesto Nacional, y según la Constitución, una ley no debe comprometer este presupuesto.
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