Transportistas de buses colegiales tendrán que cambiar las tarjetas de cobros y migrar a las facturas fiscales
En el pasado período escolar, los padres de familia firmaban una tarjeta como constancia de los pagos que realizaban a los transportistas, pero esta modalidad deberá cambiar este año al entrar en vigencia la Ley 37 de 5 de junio de 2018.
- Redacción Web
- - Actualizado: 11/2/2020 - 07:34 am
Con motivo de la aplicación de la ley que deduce los gastos escolares en beneficio de los contribuyentes y dependientes, más de 1,500 transportistas de buses escolares del país, tendrán que cambiar las tarjetas de cobros y migrar a las facturas fiscales.
En el pasado período escolar, los padres de familia firmaban una tarjeta como constancia de los pagos que realizaban a los transportistas, pero esta modalidad deberá cambiar este año al entrar en vigencia la Ley 37 de 5 de junio de 2018, que permite que los gastos escolares sean deducibles del Impuesto Sobre la Renta.
Especialistas de la Dirección General de Ingresos (DGI) explicaron que la Ley 37 les permite a los padres de familia deducir de la matrícula, los útiles escolares, uniformes (camisa, pantalón, zapatos, correas, entre otros gastos) y el transporte, hasta por un monto de $3,600 por cada dependiente.
Estas compras y servicios tienen que ser presentadas ante la institución con factura fiscal original, como elemento esencial para poderse acoger al beneficio de la deducibilidad de los gastos escolares, lo que obliga a los transportistas de colegiales a actualizar sus métodos de cobro para poder mantenerse en este sistema.
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La dirigencia transportista señaló que esperan que la nueva ley, que no solo los obliga a utilizar otros métodos de cobro, sino también a realizar declaraciones de Renta, que les permitan salir del sistema aquellos transportes escolares piratas, que no cumplen con lo que determina las leyes panameñas para el transporte de niños y jóvenes.
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