Tipificación a la evasión fiscal ya es ley de la República
A pesar de todos los esfuerzos del Gobierno, Panamá podría ingresar a la lista gris de la Comisión Europea o el Grupo de Acción Financiera Internacional.
- Redacción/WEB
- - Actualizado: 02/2/2019 - 12:37 pm
Luego que el presidente Juan Carlos Varela sancionará la Ley 70 de 31 de enero de 2019 "Que reforma el Código Penal y dicta otras disposiciones", ayer viernes fue promulgada en Gaceta Oficial.
El documento que ha sido cuestionado por los abogados señala que: "quien en beneficio propio o de un tercero y con intención incurra en defraudación fiscal contra el Tesoro Nacional de la República de Panamá y afecte la correcta determinación de una obligación tributaria para dejar de pagar, en todo o en parte, los tributos correspondientes, será sancionado con prisión de dos a cuatro años".
Añade que esta pena será aplicable "cuando el monto defraudado del tributo en un período fiscal sea igual o superior a los trescientos mil balboas ($300 mi), sin incluir multas, recargos e intereses en el cálculo de la suma", y se aplica tal como lo define el Código de Procedimiento Tributario.
En esta ley se adiciona el artículo 254-A al Código Penal, el cual señala que: quien, responsablemente o por interpuesta persona, reciba, posea, deposite, negocie, transfiera o convierta dineros, títulos, valores, bienes y otros recursos financieros, a sabiendas que proviene de delito contra el Tesoro Nacional, con el objetivo de ocultar, encubrir o disimular su origen ilícito, o ayude a evadir las consecuencias jurídicas de tal hecho punible, será sancionado con pena de dos a cuatro años de prisión.
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Cabe mencionar que el abogado Felipe Chen interpuso una demandada de inconstitucionalidad contra del artículo 2 que adiciona el capítulo XII al título VII del libro segundo del Código Penal, específicamente los artículos 288-G, 288-H, 288-I, de la Ley 70 de 31 de enero de 2019 "Que reforma el Código Penal y dicta otras disposiciones".
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