Panamá
Subcomisión revisará propuestas de contratos de electricidad
El diputado Roberto Ábrego indicó que Panamá requiere de una transformación en el servicio de energía eléctrica, ya que la ley data de 1997.
- Redacción / [email protected] / PanamaAmerica
- - Actualizado: 31/1/2024 - 07:30 pm
Una subcomisión de la Asamblea Nacional será la encargada de realizar las consultas con todos los sectores involucrados en el tema del servicio de electricidad, cuyo informe final deberá ser presentado en un término de 20 días hábiles.
Durante una reunión en la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional se decidió unificar en un solo documento los 5 proyectos de ley que fueron presentados por los diputados, los cuales están relacionados con el tema de la energía eléctrica en el país y así aprobar una norma que beneficie a todos.
De acuerdo con el diputado Roberto Ábrego, quien presidirá la subcomisión, existen muchas manifestaciones por parte de los usuarios, referentes a las deficiencias del servicio que prestan las empresas eléctricas, debido a que no cumplen con la prestación del mismo, por lo que es necesario que sea revisado.
Ábrego indicó que Panamá requiere de una transformación en el servicio de energía eléctrica, ya que la ley data de 1997 y requiere de su adecuación a los requerimientos actuales que permitan una mayor transparencia en el servicio que prestan, con mejores precios al consumidor.
El diputado se hizo eco de las manifestaciones de los usuarios, en el sentido de que las generadoras no cumplen con su responsabilidad de flexibilidad que ofrece la propia Ley, que está próxima a cumplir 30 años.
Destacó que dichas empresas no han respetado que el Estado mantiene el 49% de las acciones y han manejado el servicio a su conveniencia, dejando de lado los intereses de los usuarios, quienes son los más afectados por el mal servicio que prestan.
"Frente a todas estas anomalías es importante que se revise dicho contrato y se adecue a las necesidades del país para beneficio de los usuarios", acotó.
Según la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, se establece el régimen a que se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad, así como las actividades normativas y de coordinación, consistentes en la planificación de la expansión, operación integrada del sistema interconectado nacional, regulación económica y fiscalización.
También, se contempla un régimen para la prestación del servicio público de electricidad, cuya finalidad es propiciar el abastecimiento de la demanda de los servicios de energía eléctrica y el acceso de la comunidad a estos, bajo criterios de eficiencia económica, viabilidad financiera, calidad y confiabilidad de servicio, dentro de un marco de uso racional y eficiente de los diversos recursos energéticos del país.
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