Prácticos del Canal de Panamá presentan demanda contra la ACP
El acuerdo entre la ACP y la empresa MEYERS TUGS S.A puede poner en riesgo la seguridad de la vía interoceánica, de acuerdo con los Prácticos.
- Redacción @PanamaAmerica
- - Actualizado: 19/8/2017 - 09:37 am
La Asociación de Prácticos del Canal de Panamá, presentó una demanda para que se declare nulo, por ilegal, el contrato No. CDO-376615, suscrito entre la empresa MEYER TUGS, S.A. y la Autoridad del Canal de Panamá (ACP).
Según los prácticos esta demanda denuncia que el contrato de tercerización a privados del servicio de remolcadores, firmado entre la ACP y la empresa MEYERS TUGS, S.A., vulnera y contradice las normas que rigen el practicaje obligatorio en las aguas del Canal de Panamá. Ese contrato, incluyó, entre otras cláusulas, una vigencia multianual para la empresa MEYERS TUGS, S.A.
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La preocupación de la Asociación de Prácticos se suscitó, debido a que este contrato de tercerización de servicios permite que una empresa privada, con una tripulación no entrenada formalmente en navegación en las aguas del Canal de Panamá, realice labores que, por razones de seguridad y según lo exigen las normas locales, solo pueden ser realizadas por el personal de la ACP que ha pasado por años de entrenamiento, certificaciones y experiencia en este tipo de operación (capitanes de remolcadores, ingenieros, prácticos y marinos, todos ellos trabajadores del Canal de Panamá).
Esta preocupación es válida si se tiene en cuenta que las aguas del Canal de Panamá tienen complejidades específicas de corrientes, canales de navegación, y otros factores operativos sensitivos para garantizar el paso de buques sin contratiempos ni accidentes.
Para ellos es muy preocupante que una empresa privada, con marinos sin experiencia en estas complejidades, desarrolle servicios en forma improvisada para buques en tránsito, sustituyendo al personal experimentado de la ACP.
La Asociación de Prácticos de la ACP, reafirmó la necesidad de preservar lo que en buena fe y como resultado del diálogo nacional realizado en Coronado I y Coronado II antes de la reversión, se estableció en el Reglamento para la Navegación de Aguas del Canal de Panamá, aprobado mediante el Acuerdo No. 13 del 3 de junio de 1999 y su modificación de 2001, que promueve la seguridad de la vía interoceánica en los siguientes aspectos:
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