Multa por entrega tardía de medicamentos irá al programa de IVM del Seguro
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Dentro de las modificaciones a la Ley de Contrataciones Públicas se contemplan multas que no serán superior al 20%.

Se crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial.
El borrador para la modificación de la Ley de Contrataciones Públicas, establece multa por retraso en la entrega de la obra.
Indica que las solicitudes de prórrogas que se presenten después de la fecha de vencimiento del plazo para la entrega del suministro o servicio o para la ejecución de la obra serán objeto de multas.
"La multa que se impondrá será entre el 1% y el 4% dividido entre 30 por cada día calendario de atraso del valor equivalente a la porción dejada de entregar o ejecutar por el contratista", destaca.
Advierte que el valor de la multa no será en ningún caso superior al 20% del valor del contrato y deberá ingresar al Tesoro Nacional.
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En los casos de adquisición de medicamentos, insumos médicos, reactivos, dispositivos médicos o cualquier producto para la salud humana, la multa ingresará al programa de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja de Seguro Social.
Además se crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, que tendrá jurisdicción en todo el territorio para conocer impugnaciones y demás.
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