Panamá
Más de $500 mil en multas por faltas al historial de crédito
- Redacción/ [email protected] / @PanamaAmerica
En total fueron unas 286 sanciones en primera instancia por un monto de $513,700, encabezando el Tablero de Mulas, indicó la Acodeco.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) sancionó a bancos, financieras, cooperativas y agencia de cobros y telefonías por irregularidades contra la Ley 24 de 2002, sobre historial de crédito.
En total fueron unas 286 sanciones en primera instancia por un monto de $513,700, encabezando el Tablero de Mulas, indicó la Acodeco.
La entidad señaló que un dato erróneo, inexacto, equívoco, incompleto, atrasado o falso, acerca de cualquier información de crédito o transacción económica, financiera, bancaria, comercial o industrial, que se registre en el historial de crédito de un consumidor, le permitirá presentar una queja para que sea rectificado o eliminado.
Entre las acciones o motivos más frecuentes de quejas están: Rectificar el historial (número) con 99 multas, lo que representó $159,400, seguido del no eliminar por prescripción con 54 multas por un monto de $137,700; el no eliminar observación "cuenta contra reserva" con 41 multas que equivalen a $62,300; el no elimina "Nunca ha mantenido relación con AE" con 22 por $36,000 y la consulta son autorización con 11 multa para unos $25,000 en sanciones.
Igualmente, la Acodeco atendió quejas y aplicó sanciones por la no rectificación de monto de último pago, eliminar referencias original (reestructuración), rectificar forma de pago, rectificar de activa a cancelada, entre otros.
Entre las actividades económicas más sancionadas, se encuentran los bancos que registraron 129 sanciones por $215,700.00); financieras con 53 por $108,000.00, las cooperativas con 29 por $66,700.00, las agencias de cobros con 21 multas por $29,000 y telefonía con 12 sanciones por $18,000.
La Acodeco reiteró que la Ley 24 de 22 de mayo de 2002, que regula el servicio de información sobre el historial de crédito de los consumidores o clientes, fue modificada mediante Ley 195 de 2020.
Las modificaciones incorporaron nuevos derechos para los consumidores, que se encuentran vigentes desde el 1 de abril de 2021 entre estos:
La referencia de crédito adicional, por arreglo de pago donde el consumidor o cliente que no mantenga morosidad en el cumplimiento de dicho arreglo de pago, luego de transcurridos seis meses de este, el agente económico estará obligado a crear una referencia adicional.
Así mismo, la referencia de crédito adicional, por reestructuración mediante la cual el consumidor o cliente que no mantenga morosidad en el cumplimiento de dicha reestructuración, luego de transcurridos seis meses del mismo, el agente económico estará obligado a crear una referencia crediticia adicional. Luego de transcurrido un año, no existiendo morosidad el agente económico deberá eliminar el historial de la relación de crédito original.
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