Economía
Martha Luna: Proyecto de ley 287 no representa una eliminación de las obligaciones con los bancos
La abogada Martha Luna, especialista en temas tributarios, insta a las personas a que cumplan con todos los pagos que les sean posibles, así como a reinventarse y buscar formas de generar algo de ingresos para cumplir con la mayoría de las obligaciones posibles.
- Redacción/Web
- - Actualizado: 22/6/2020 - 11:24 am
La abogada Martha Luna, especialista en temas tributarios, explicó que el proyecto Ley 287, aprobado por la Asamblea Nacional, no representa una eliminación de las obligaciones o compromisos que tienen los ciudadanos con las entidades bancarias, sino que consiste en un período de suspensión del pago de esas deudas, para aquellas personas afectadas por la crisis causada por la pandemia del COVID-19.
"Lo que está aprobado en la Asamblea Nacional es la obligación que tienen los bancos de conceder una mora hasta diciembre, esta obligación no podía ser como ellos pretendían decir que se va a pagar en dos o tres meses o el tiempo que sea, esto los obligó a decir que cada ciudadano tiene que ir al banco y el banco tiene la obligación de analizar su caso para establecer cómo va a pagar el tiempo que dejó de pagar", indicó Luna en el programa Eco TV.
Aclaró que una vez culmine el plazo de la moratoria, los ciudadanos deberán hacerle frente a todos esos pagos que han sido postergados, y esto conllevará el pago mensual, más los atrasos condicionados a los meses que sean establecidos mediante arreglos de pago, lo cual podría sobrepasar la capacidad de la persona.
Luna insta a las personas a que cumplan con todos los pagos que les sean posibles, así como a reinventarse y buscar formas de generar algo de ingresos para cumplir con la mayoría de las obligaciones posibles.
El pasado 18 de junio la Asamblea Nacional aprobó en en tercer debate el proyecto Ley 287, que establece medidas económicas y financieras para contrarrestar los efectos del COVID-19 en Panamá.
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La Ley 287 establece una moratoria hasta el 31 diciembre de 2020, con carácter retroactivo al cobro de las responsabilidades desde el 1 de marzo de este año, para quienes hayan contraído un préstamo con bancos, cooperativas y financieras; ya sean personas naturales o jurídicas.
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