DGI: Contribuyentes tienen hasta el 31 de agosto para cancelar impuesto de inmueble
De acuerdo con la Dirección General de Ingresos (DGI), para estos contribuyentes el pago del gravamen para las dos primeras cuotas del año (abril y agosto), deberá hacerse a más tardar este 31 de agosto, mientras que la tercera se cancelará a más tardar el 31 de diciembre de 2019.
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Con la implementación de los agentes de retención del Impuesto de Inmueble la DGI busca facilitar al contribuyente el pago de sus tributos.
Los contribuyentes con préstamos hipotecarios realizados en el año 2019 que tienen disposición de cancelar su impuesto de inmueble por medio de los nuevos agentes de retención (bancos, financieras y cooperativas) tienen hasta este 31 de agosto para realizar sus respectivos pagos.
De acuerdo con la Dirección General de Ingresos (DGI), para estos contribuyentes el pago del gravamen para las dos primeras cuotas del año (abril y agosto), deberá hacerse a más tardar este 31 de agosto, mientras que la tercera se cancelará a más tardar el 31 de diciembre de 2019.
El impuesto de inmueble se paga cuatrimestralmente y de hacerse en forma anual el contribuyente recibirá un 10% de descuento. El pago deberá efectuarse el último día del mes de febrero del respectivo periodo fiscal.
La DGI explicó que los contribuyentes cuyos créditos hipotecarios fueron dados antes del 31 de diciembre del año 2018, en caso de que adeuden su impuesto, la retención deberá hacerse a más tardar el 31 de diciembre de 2019.
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Con la implementación de los agentes de retención del Impuesto de Inmueble la DGI busca facilitar al contribuyente el pago de sus tributos.
Los bancos de licencia general, las financieras, las cooperativas y otras instituciones que otorgan financiamiento para la adquisición de viviendas o bienes raíces, han sido constituidos como agentes de retención del impuesto de inmueble a partir del 1 de enero de 2019 y los contribuyentes pueden abrir o designar la cuenta bancaria para que aplique la redención desde el presente mes.
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Los clientes deben tener en cuenta que cuando el financiamiento sea otorgado por financieras, la retención del impuesto de inmueble se efectuará a través de la letra del financiamiento, cuyos pagos se remitirán al Tesoro Nacional.
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