Darán incentivos para construcción de estacionamientos públicos
Se propone que esta Ley sea de interés social y que se otorguen incentivos fiscales para promover la construcción y administración de infraestructuras para estacionamiento público en el país.
- Redacción/@PanamaAmerica
- - Actualizado: 14/11/2017 - 08:50 am
Ante la falta de estacionamientos públicos que obliga a los dueños de vehículos a estacionarse en calles aledañas para ir a sus trabajos o hacer alguna diligencia, lo que ocasiona un caos vehicular, se aprobó en primer debate en la comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea Nacional un proyecto de Ley que regula la construcción y administración de infraestructuras de estacionamientos públicos.
El Proyecto de Ley 63, que regula la construcción y administración de infraestructuras de estacionamientos públicos de Panamá, presentado por el diputado Iván Picota, busca aprobar una ley marco para que la empresa privada construya estacionamientos soterrados o en edificios y empoderar a los municipios para que sean partícipes de la solución en sus respectivas ciudades.
Asimismo, se propone que esta Ley sea de interés social y que se otorguen incentivos fiscales para promover la construcción y administración de infraestructuras para estacionamiento público en el país, de modo que cada municipio la pueda implementar donde considere que es necesario construir una infraestructura de este tipo.
El proyecto establece que el Municipio podrá dar en concesión las áreas públicas municipales para la construcción de infraestructuras de estacionamientos o para la habilitación de las áreas que se dispongan para este fin.
Entre los incentivos fiscales para el fomento de construcción de estacionamientos públicos y áreas de estacionamientos figura la exoneración de hasta 100% del impuesto de inmueble por el término de la vigencia del contrato con el Municipio.
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Además la exoneración de los impuestos que generen la importación de materiales y maquinarias para construcción y habilitación requeridas para el establecimiento de los estacionamientos públicos.
También se contempla la exoneración del impuesto de transferencia de bienes inmuebles, siempre que el inmueble siga prestando su uso como estacionamiento público.
Además, los municipios podrán establecer mediante acuerdo municipal la exoneración de pago de hasta el 50% del impuesto sobre las actividades económicas de estacionamiento y exoneración del pago de los derechos sobre uso de servidumbre pública y exoneración de hasta 50% del impuesto de construcción municipal.
Establece además que en cada distrito, la Junta de Planificación Municipal podrá crear una comisión técnica municipal para establecer e implementar un plan para el desarrollo de estacionamientos públicos que estará integrada además de los miembros de la junta por un representante del Ministerio de Obras Públicas y un representante de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre.
Este junta técnica tendrá entre sus funciones analizar la situación del tráfico en cada municipio y proponer soluciones
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