Costos de agroexportaciones aumentarán en un 25%
- Ricardo Archibold M.
- - Publicado: 22/10/2003 - 11:00 pm
Los agroexportadores panameños tendrán que asumir nuevos costos operativos con la aplicación de la Ley Contra el Bioterrorismo dictada por Estados Unidos.
Esta ley, que entra en vigencia en el mes de diciembre, ha puesto en estado de alerta al sector, ya que se espera un incremento de un 25% aproximadamente, en el envío de cada contenedor hacia Estados Unidos.
La disposición legal establece la aplicación de nuevos registros y la contratación de un agente residente que operará desde el país norteño. Estos requisitos conllevarán un aumento en los costos de exportación.
El pasado domingo 12 de octubre inició la cuenta regresiva para que los agroexportadores iniciarán los trámites para inscribirse en la Food and Drug Administration (FDA), organismo que debe comprobar que los productos cumplan con las nuevas disposiciones relacionadas a la Ley Contra el Bioterrorismo.
En este sentido, Luis Benjamín Rosas, presidente de la Unión Nacional de Productores Agropecuarios de Panamá (UNPAP), indicó que esta ley impactará fuertemente a la exportación panameñas de frutas de verano como el melón, sandía y a otros rubros en menor escala.
Rosas indicó que esta la Ley Contra el Bioterrorismo crea algunas implicaciones de costo que ponen en riesgo la capacidad de negociación efectiva de la producción nacional.
La aplicación de esta ley implican costos adicionales para los productores, que probablemente no serán retribuidos con la colocación de la fruta, porque el hecho de que se embarquen y sean recibidas en Estados Unidos no quiere decir que necesariamente ingresarán para su venta, comentó Rosas a El Panamá América.
La segunda regulación requiere que el propietario, operador, o agente a cargo de una instalación de alimentos extranjera debe registrarse con la FDA, suministrando información como el nombre y dirección de cada una de las instalaciones.
También se deberán registrar todas las marcas etiquetadas en esas instalaciones, así como proporcionar información acerca del tipo de alimentos que una determinada instalación procesa. Para las instalaciones extranjeras, el registro debe incluir el nombre de un agente residente en Estados Unidos.
Otros de los puntos que señala la ley, es que las empresas deberán tener en Estados Unidos con un agente residente que las represente para ofrecerle todas la información y que éstos sirvan de mediadores si se decide impedir el ingreso de un determinado cargamento. También, se fija la notificación del embarque de un producto con un período entre 48 horas a cinco días.
Esta ley, que entra en vigencia en el mes de diciembre, ha puesto en estado de alerta al sector, ya que se espera un incremento de un 25% aproximadamente, en el envío de cada contenedor hacia Estados Unidos.
La disposición legal establece la aplicación de nuevos registros y la contratación de un agente residente que operará desde el país norteño. Estos requisitos conllevarán un aumento en los costos de exportación.
El pasado domingo 12 de octubre inició la cuenta regresiva para que los agroexportadores iniciarán los trámites para inscribirse en la Food and Drug Administration (FDA), organismo que debe comprobar que los productos cumplan con las nuevas disposiciones relacionadas a la Ley Contra el Bioterrorismo.
En este sentido, Luis Benjamín Rosas, presidente de la Unión Nacional de Productores Agropecuarios de Panamá (UNPAP), indicó que esta ley impactará fuertemente a la exportación panameñas de frutas de verano como el melón, sandía y a otros rubros en menor escala.
Rosas indicó que esta la Ley Contra el Bioterrorismo crea algunas implicaciones de costo que ponen en riesgo la capacidad de negociación efectiva de la producción nacional.
La aplicación de esta ley implican costos adicionales para los productores, que probablemente no serán retribuidos con la colocación de la fruta, porque el hecho de que se embarquen y sean recibidas en Estados Unidos no quiere decir que necesariamente ingresarán para su venta, comentó Rosas a El Panamá América.
La segunda regulación requiere que el propietario, operador, o agente a cargo de una instalación de alimentos extranjera debe registrarse con la FDA, suministrando información como el nombre y dirección de cada una de las instalaciones.
También se deberán registrar todas las marcas etiquetadas en esas instalaciones, así como proporcionar información acerca del tipo de alimentos que una determinada instalación procesa. Para las instalaciones extranjeras, el registro debe incluir el nombre de un agente residente en Estados Unidos.
Otros de los puntos que señala la ley, es que las empresas deberán tener en Estados Unidos con un agente residente que las represente para ofrecerle todas la información y que éstos sirvan de mediadores si se decide impedir el ingreso de un determinado cargamento. También, se fija la notificación del embarque de un producto con un período entre 48 horas a cinco días.
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