Conozca los requisitos para aplicar a la exoneración del impuesto de bien inmueble
Si eres persona casado, soltera, con hijos o sin hijos, jubilado, viudo debes cumplir con algunas condiciones para solicitar la exoneración del tributo que se le otorga a la propiedad que sea declarada patrimonio familiar tributario o vivienda principal ante la Dirección General de Ingresos.

Los bancos con licencia general, cooperativas o las entidades financieras deberán entregar a la DGI a más tardar el 15 de enero de 2019 información sobre los bienes inmuebles.
Tras conocerse que a partir del mes de enero del próximo año los bancos y entidades financieras actuarán como retenedores del impuesto de bien inmueble, los constribuyentes deben cumplir con ciertos requisitos para solicitar la exoneración del tributo que se le otorga a la propiedad que sea declarada patrimonio familiar tributario o vivienda principal ante la Dirección General de Ingresos.
PATRIMONIO FAMILIAR TRIBUTARIO
Si es persona natural
1. Para uno o ambos cónyugues sin hijos (as)
* Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil de Panamá. Para el caso de extranjeros se requiere el certificado de matrimonio expedido en el lugar de celebración y reconocido en la República de Panamá
* Copia de cédula o pasaporte del propietario (a) de la finca
* Copia simple de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, los cuales deberán estar actualizadas por la Anati.
2. Para los cónyugues con hijos menores
* Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil de Panamá. Para el caso de extranjeros se requiere el certificado de matrimonio expedido en el lugar de celebración y reconocido en la República de Panamá
* Certificado de nacimiento del menor
* Copia de cédula o pasaporte del propietario (a) de la finca
* Copia simple de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, los cuales deberán estar actualizadas por la Anati.
3. Para el padre o madre solteros, para sí y su (s) hijo (s), menor (es) o solo para éstos
* Certificado de nacimiento del menor (es)
* Copia de cédula o pasaporte del propietario (a) de la finca
* Copia simple de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, los cuales deberán estar actualizadas por la Anati.
4. Si es persona jurídica
* Copia de cédula del representante legal
* Certificado original vigente del Registro Público donde conste la vigilancia, dignatario y representación legal de la sociedad.
* Copia simple de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público
* Certificación de Contador Público Autorizado, en la que se indique que los miembros de la familia, beneficiarios de la sociedad, cuentan con el 100% de las acciones
* Declaración jurada de los accionistas en la que se indique que el inmueble es su patrimonio familiar tributario
VIVIENDA PRINCIPAL
Si es persona natural
Mayor de edad que viva solo o con otros mayores de edad
*Copia de cédula del propietario de la finca
* Copia simple de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público
Viudos que vivan solos o con otro mayor de edad
* Certificado del cónyuge del fallecido
* Copia de la cédula del propietario de la finca
* Copia simple de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público
* Copia de Auto o Sentencia de Adjudicación de bienes o declaración de herederos
Para que un jubilados pueda acogerse a la exoneración del patrimonio familiar tributario o vivienda principal debe cumplir con
* Copia de la cédula del propietario de la finca
* Copia de la cédula de residente en caso de extranjero, emitida por la República de Panamá
* Copia de carnet de pensionado o en su defecto talonario de pago de pensión emitido por la Caja de Seguro Social
* Copia de carnet de jubilado de la Caja de Seguro Social
* Copia simple de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público
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