Conozca el mecanismo para acceder a la deducción de gastos escolares
- Yessika Valdes
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A partir del año 2020, los padres de familia tendrán derecho a la deducción anual en su declaración de renta.
A partir del año 2020, los padres de familia tendrán derecho a la deducción anual en su declaración de renta.
Esta deducción cubre a dependientes hasta por un máximo anual de $3,600 por dependiente.
Cinco meses después que se sancionara la ley que establece que gastos escolares serán deducibles de impuesto, el Ministerio de Economía y Finanzas dio a conocer la reglamentación para acceder al beneficio
En Gaceta Oficial No.28684-B de 27 diciembre de 2018 se detalla que los padres de familia asalariados deben cumplir con lo siguientes pasos para hacerse del beneficio:
1. Presentar memorial ante la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la deducción con el respaldo del detalle de los gastos escolares por cada dependiente, acompañado de la documentación original que sustente la veracidad del gasto (facturas que cumplan con los requisitos fiscales vigentes o documento equivalente).
2. Las facturas deberán estar a nombre del padre, la madre o de quien ostente la tutela legal del estudiante, siempre y cuando dicha tutela pueda comprobarse a través de documento legal emitido por la autoridad competente.
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Los gastos escolares deducibles conforme a la Ley 37 de 2018, incurridos durante el período fiscal 2019 serán declarados y deducidos en la declaración jurada que se presente en el año 2020 y así sucesivamente en los demás períodos fiscales; en cumplimiento a lo establecido en el artículo 698 del Código Fiscal.
Esta deducción cubre a dependientes que cursen desde el primer nivel de enseñanza o educación básica general y el segundo nivel de enseñanza o educación media. Pueden considerarse para esta deducción la matrícula, mensualidades, útiles escolares, uniformes y transporte escolar; hasta por un máximo anual de $3,600 por dependiente.
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